Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medina de las Torres. (03512/2025)
Modificación de las bases de convocatoria para cubrir una plaza de Auxiliar Administrativo, como personal laboral fijo, mediante el sistema de oposición
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Medina de las Torres
Anuncio 3512/2025
Técnico o equivalentes, en virtud de la disposición adicional trigésima primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3
de mayo, de Educación, y Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, modificada mediante la Orden
EDU/520/2011, de 7 de marzo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en
posesión de la credencial que acredite su homologación o equivalencia en su caso.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo establecido en el
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, serán admitidas las personas
con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias del puesto. A estos efectos, conforme
establece el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se
adoptarán para las personas con la condición de discapacitada que lo soliciten, las medidas precisas para
establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez
superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con
discapacidad. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de las
personas aspirantes.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas,
ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impidan, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
f) No estar incluido en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
2.2. Los requisitos establecidos deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y
gozar de los mismos durante el proceso selectivo y hasta el momento de la toma de posesión.
Tercera.- Solicitudes y documentación.
3.1. Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo establecido en el anexo II, el cual
podrá descargarse desde la página web municipal www.medinadelastorres.es, o recogerse en la Oficina de Información al
público de este Ayuntamiento.
3.2. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Medina
de las Torres y deberán acompañarse de la siguiente documentación:
1. Fotocopia del DNI.
2. Fotocopia de la titulación exigida o de una certificación que acredite estar en condiciones de obtenerla a la
fecha de finalización del plazo de solicitudes.
Cuarta.- Lugar y plazo de presentación
4.1. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación
del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
4.2. La presentación de solicitudes podrá realizarse en el Registro General de este Ayuntamiento o por cualquiera de los
medios a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. En el supuesto que la solicitud se presente a través de las oficinas de Correos deberá ir en sobre
abierto para ser fechada y sellada por el funcionario o funcionaria de Correos antes de ser certificada. En todo caso
requerirá su presentación en tiempo y forma.
4.3. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes, transcurrido el
cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
5.1. Lista provisional.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Técnico o equivalentes, en virtud de la disposición adicional trigésima primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3
de mayo, de Educación, y Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, modificada mediante la Orden
EDU/520/2011, de 7 de marzo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en
posesión de la credencial que acredite su homologación o equivalencia en su caso.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo establecido en el
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, serán admitidas las personas
con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias del puesto. A estos efectos, conforme
establece el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se
adoptarán para las personas con la condición de discapacitada que lo soliciten, las medidas precisas para
establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez
superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con
discapacidad. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de las
personas aspirantes.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas,
ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impidan, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
f) No estar incluido en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
2.2. Los requisitos establecidos deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y
gozar de los mismos durante el proceso selectivo y hasta el momento de la toma de posesión.
Tercera.- Solicitudes y documentación.
3.1. Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo establecido en el anexo II, el cual
podrá descargarse desde la página web municipal www.medinadelastorres.es, o recogerse en la Oficina de Información al
público de este Ayuntamiento.
3.2. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Medina
de las Torres y deberán acompañarse de la siguiente documentación:
1. Fotocopia del DNI.
2. Fotocopia de la titulación exigida o de una certificación que acredite estar en condiciones de obtenerla a la
fecha de finalización del plazo de solicitudes.
Cuarta.- Lugar y plazo de presentación
4.1. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación
del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
4.2. La presentación de solicitudes podrá realizarse en el Registro General de este Ayuntamiento o por cualquiera de los
medios a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. En el supuesto que la solicitud se presente a través de las oficinas de Correos deberá ir en sobre
abierto para ser fechada y sellada por el funcionario o funcionaria de Correos antes de ser certificada. En todo caso
requerirá su presentación en tiempo y forma.
4.3. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes, transcurrido el
cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
5.1. Lista provisional.
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www.dip-badajoz.es/bop
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