Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconera. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). (03537/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo rural "Alconera Te Cuida"
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Ayuntamiento de Alconera
Anuncio 3537/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Alconera
Alconera (Badajoz)
Anuncio 3537/2025
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo rural "Alconera Te Cuida"
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
se hace público lo siguiente:
Que transcurrido el plazo de treinta días de exposición al público del acuerdo provisional adoptado por el Pleno de la
Corporación en sesión ordinaria celebrada el día veintitrés de junio de dos mil veinticinco, publicado en el Boletín Oficial de
la Provincia número 122 de treinta de junio de dos mil veinticinco, relativo a la aprobación del Reglamento de régimen
interno del Programa Colaborativo rural "Alconera Te Cuida" y habiendo sido expuesto al público dicho acuerdo durante el
plazo legalmente establecido sin que se hayan presentado reclamaciones, se considera elevada a definitiva dicha
aprobación.
Que contra el acuerdo definitivo podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos previstos en
la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, sin perjuicio de cualquier otro que proceda.
Que el texto íntegro de la Ordenanza aprobada definitivamente es el que seguidamente se detalla:
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO PARA COLABORATIVO RURAL ATENEO "ALCONERA TE CUIDA"
Artículo 1.- Justificación:
El presente reglamento pretende servir de norma que articule, dentro de la legalidad vigente, aquellos aspectos propios del
desempeño cotidiano del Colaborativo Rural ATENEO (en adelante PCRA "Alconera Te Cuida"), constituyendo sus normas de
funcionamiento y coordinación.
I. ORGANIZACIÓN
Artículo 2.- Organización general.
La organización general del PCRA "Alconera Te Cuida, corresponde a dos niveles:
- El institucional: La máxima responsabilidad institucional del proyecto corresponde al Excmo. Ayuntamiento
de Alconera, cargo que comparte con el SEXPE, en los términos que marca la legislación y la normativa
publicada al efecto.
- El interno: La organización interna del proyecto se asienta en el equipo de personal del centro, entendido
éste como órgano de trabajo colectivo e integrado por los siguientes miembros: Coordinadora/Tutora de
formación y acompañamiento/tutorización, 1 Monitor de la Especialidad: atención sociosanitaria a personas
dependientes en instituciones sociales (familia: servicios socio culturales y a la comunidad). Se completa este
órgano con la existencia de una delegada y un subdelegado elegidas por los alumnos, con fecha de acta
5/06/2025.
Artículo 3.- Órganos de gobierno interno:
El programa, tendrá los siguientes órganos de gobierno interno: Claustro y Asamblea.
Estos órganos velarán por la efectiva realización de los fines del proyecto y por el cumplimiento del presente reglamento, así
como cuantas leyes y disposiciones vigentes vayan asociadas al mismo; garantizarán, en el ámbito de su competencia, el
ejercicio de los derechos reconocidos a todas las personas integrantes del proyecto y velarán por el cumplimiento de los
deberes correspondientes; así mismo, favorecerán la participación efectiva de todos los miembros integrantes del proyecto
para el buen funcionamiento del mismo.
El Claustro será el órgano propio de participación y decisión del equipo directivo docente del programa. Se reunirá en sesión
ordinaria una vez al mes, y al final de fase. Y en sesión extraordinaria cuando lo requiera el Coordiandor/tutor para
cuestiones de organización, u otro miembro del equipo, y cuando concurra la existencia de incidencias que requieran
decisiones competentes a este órgano. Sus conclusiones serán recogidas en acta.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
se hace público lo siguiente:
Que transcurrido el plazo de treinta días de exposición al público del acuerdo provisional adoptado por el Pleno de la
Corporación en sesión ordinaria celebrada el día veintitrés de junio de dos mil veinticinco, publicado en el Boletín Oficial de
la Provincia número 122 de treinta de junio de dos mil veinticinco, relativo a la aprobación del Reglamento de régimen
interno del Programa Colaborativo rural "Alconera Te Cuida" y habiendo sido expuesto al público dicho acuerdo durante el
plazo legalmente establecido sin que se hayan presentado reclamaciones, se considera elevada a definitiva dicha
aprobación.
Que contra el acuerdo definitivo podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos previstos en
la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, sin perjuicio de cualquier otro que proceda.
Que el texto íntegro de la Ordenanza aprobada definitivamente es el que seguidamente se detalla:
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO PARA COLABORATIVO RURAL ATENEO "ALCONERA TE CUIDA"
Artículo 1.- Justificación:
El presente reglamento pretende servir de norma que articule, dentro de la legalidad vigente, aquellos aspectos propios del
desempeño cotidiano del Colaborativo Rural ATENEO (en adelante PCRA "Alconera Te Cuida"), constituyendo sus normas de
funcionamiento y coordinación.
I. ORGANIZACIÓN
Artículo 2.- Organización general.
La organización general del PCRA "Alconera Te Cuida, corresponde a dos niveles:
- El institucional: La máxima responsabilidad institucional del proyecto corresponde al Excmo. Ayuntamiento
de Alconera, cargo que comparte con el SEXPE, en los términos que marca la legislación y la normativa
publicada al efecto.
- El interno: La organización interna del proyecto se asienta en el equipo de personal del centro, entendido
éste como órgano de trabajo colectivo e integrado por los siguientes miembros: Coordinadora/Tutora de
formación y acompañamiento/tutorización, 1 Monitor de la Especialidad: atención sociosanitaria a personas
dependientes en instituciones sociales (familia: servicios socio culturales y a la comunidad). Se completa este
órgano con la existencia de una delegada y un subdelegado elegidas por los alumnos, con fecha de acta
5/06/2025.
Artículo 3.- Órganos de gobierno interno:
El programa, tendrá los siguientes órganos de gobierno interno: Claustro y Asamblea.
Estos órganos velarán por la efectiva realización de los fines del proyecto y por el cumplimiento del presente reglamento, así
como cuantas leyes y disposiciones vigentes vayan asociadas al mismo; garantizarán, en el ámbito de su competencia, el
ejercicio de los derechos reconocidos a todas las personas integrantes del proyecto y velarán por el cumplimiento de los
deberes correspondientes; así mismo, favorecerán la participación efectiva de todos los miembros integrantes del proyecto
para el buen funcionamiento del mismo.
El Claustro será el órgano propio de participación y decisión del equipo directivo docente del programa. Se reunirá en sesión
ordinaria una vez al mes, y al final de fase. Y en sesión extraordinaria cuando lo requiera el Coordiandor/tutor para
cuestiones de organización, u otro miembro del equipo, y cuando concurra la existencia de incidencias que requieran
decisiones competentes a este órgano. Sus conclusiones serán recogidas en acta.
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