Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). (03524/2025)
Bases de convocatoria de la bolsa de Monitores de Judo y Karate a través de contratación temporal y constitución de una bolsa de trabajo para los cursos 2025-2026, 2026-2027 y sus anexos
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 3524/2025
En todo caso, el contrato no tendrá una duración superior a la del curso escolar, teniendo la jornada parcial fijada en las
necesidades propias del servicio de la Escuela de Municipal de Deportes, que se determinarán en el correspondiente
contrato de trabajo.
Las retribuciones se establecerán conforme a las condiciones generales de los empleados públicos municipales, de acuerdo
a las retribuciones que perciban los monitores de la Escuela de Deportes dentro de la catalogación de puestos de trabajo del
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, grupo C1, complemento de destino 19 y complemento especifico 600 puntos.
Tercero. Condiciones de admisión de aspirantes.
Para poder participar en los procesos selectivos es necesario reunir los siguientes requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, sin perjuicio de
lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por
ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo
público.
1. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Acreditar con titulación oficial conocimientos en las actividades deportivas relacionadas, conforme al
artículo de la Ley 15/2015, de 16 de abril, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en
Extremadura.
f) Estar en posesión de permiso de conducir B y tener la capacidad de afrontar los desplazamientos
necesarios para el desarrollo de las actividades con sus propios medios de transporte, única y exclusivamente
dentro del municipio y sus pedanías.
g) Así mismo únicamente podrán ser contratados los seleccionados que cuenten con certificado negativo del
Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Los requisitos deberán cumplirse en el momento de la finalización del plazo para presentar la solicitud de participación en el
correspondiente proceso selectivo y deberán acreditarse una vez finalizado éste, antes de la formalización del contrato.
La titulación académica deberá estar expedida por centros oficiales debidamente reconocidos; en el caso de estar en
condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, deberá aportarse certificado
acreditativo o copia del pago de los derechos por su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, o por cualquier otro órgano de la
administración competente para ello, debiendo estar debidamente convalidados en la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias. De igual modo, le corresponde a la autoridad académica competente declarar la equivalencia de
títulos.
Cuarto. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los aspirantes harán constar
que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, para la plaza que se opte se dirigirán a Alcalde del
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, se presentarán en el Registro electrónico general de este Ayuntamiento o en
alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Los aspirantes deberán abonar la tasa prevista en el artículo 5.2 de la Ordenanza fiscal municipal número 51 reguladora de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En todo caso, el contrato no tendrá una duración superior a la del curso escolar, teniendo la jornada parcial fijada en las
necesidades propias del servicio de la Escuela de Municipal de Deportes, que se determinarán en el correspondiente
contrato de trabajo.
Las retribuciones se establecerán conforme a las condiciones generales de los empleados públicos municipales, de acuerdo
a las retribuciones que perciban los monitores de la Escuela de Deportes dentro de la catalogación de puestos de trabajo del
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, grupo C1, complemento de destino 19 y complemento especifico 600 puntos.
Tercero. Condiciones de admisión de aspirantes.
Para poder participar en los procesos selectivos es necesario reunir los siguientes requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, sin perjuicio de
lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por
ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo
público.
1. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Acreditar con titulación oficial conocimientos en las actividades deportivas relacionadas, conforme al
artículo de la Ley 15/2015, de 16 de abril, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en
Extremadura.
f) Estar en posesión de permiso de conducir B y tener la capacidad de afrontar los desplazamientos
necesarios para el desarrollo de las actividades con sus propios medios de transporte, única y exclusivamente
dentro del municipio y sus pedanías.
g) Así mismo únicamente podrán ser contratados los seleccionados que cuenten con certificado negativo del
Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Los requisitos deberán cumplirse en el momento de la finalización del plazo para presentar la solicitud de participación en el
correspondiente proceso selectivo y deberán acreditarse una vez finalizado éste, antes de la formalización del contrato.
La titulación académica deberá estar expedida por centros oficiales debidamente reconocidos; en el caso de estar en
condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, deberá aportarse certificado
acreditativo o copia del pago de los derechos por su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, o por cualquier otro órgano de la
administración competente para ello, debiendo estar debidamente convalidados en la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias. De igual modo, le corresponde a la autoridad académica competente declarar la equivalencia de
títulos.
Cuarto. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los aspirantes harán constar
que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, para la plaza que se opte se dirigirán a Alcalde del
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, se presentarán en el Registro electrónico general de este Ayuntamiento o en
alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Los aspirantes deberán abonar la tasa prevista en el artículo 5.2 de la Ordenanza fiscal municipal número 51 reguladora de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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