Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). (03538/2025)
Bases de convocatoria para cubrir una plaza de Administrativo/a
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Anuncio 3538/2025
b) Fase de concurso.
La fase de concurso, no tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la calificación, por el Tribunal, de los
méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes, referidos a la fecha de terminación del plazo
de presentación de instancias.
Se valorarán los méritos atendiendo al siguiente baremo:
1.ª.- Experiencia profesional. Se valorarán los servicios efectivos prestados en ayuntamientos.
1.1. En puesto similar o superior al convocado, con las atribuciones, funciones y
características específicas propias del mismo a razón de 0,40 puntos por
mes/jornada completa.
La valoración se reducirá de manera directamente proporcional en el caso de
que los servicios hayan sido prestados a tiempo parcial excepto cuando la
reducción obedezca a algunos supuestos previstos en la normativa sobre
reducción de jornada por motivos de lactancia, cuidados familiares y demás
supuestos motivados en la conciliación de la vida familiar y laboral.
Los servicios prestados se acreditarán mediante el correspondiente certificado
de servicios prestados emitido por la correspondiente administración.
La puntuación máxima a otorgar por este apartado será de 6,00 puntos, lo que
supone un 60% de la puntuación total de la fase de concurso.
2.ª.- Formación académica: Por poseer o haber abonado los derechos para la obtención de un
título distinto al exigido para participar en esta convocatoria, se otorgará la siguiente
puntuación:
Doctorado universitario
2 puntos
Licenciatura universitaria/título de grado
1,5 puntos
Diplomatura universitaria
1 punto
Ciclo completo de la Escuela Oficial de Idiomas
1 punto
Ciclo Superior de Formación Profesional
Ciclo Medio de Formación Profesional
0,5 puntos
0,25 puntos
Solo será puntuable una titulación y en caso de acreditar más de una será puntuada la
superior. Será imprescindible la presentación del título o en su defecto el justificante de haber
abonado los derechos correspondientes para su obtención.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el
Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la administración competente para ello.
En todo caso, los títulos presentados para su valoración deberán de ser acordes a lo
establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la
ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
La puntuación máxima a otorgar por este apartado será de 2,00 puntos, lo que supone un 20%
de la puntuación total de la fase de concurso.
3.ª.- Formación y perfeccionamiento.
Se puntuará la formación recibida sobre materias relacionadas con el perfil del puesto al que se
opta y que hayan podido redundar en beneficio del perfeccionamiento profesional, a excepción
de los que hayan formado parte de la titulación requerida para el acceso.
Los cursos o acciones formativas de idéntica temática puntuarán una sola vez, aunque se
valorará, en el caso de no contar con el mismo número de horas, el de mayor puntuación.
Los cursos en los que no esté especificado el número de horas no se considerarán para su
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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b) Fase de concurso.
La fase de concurso, no tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la calificación, por el Tribunal, de los
méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes, referidos a la fecha de terminación del plazo
de presentación de instancias.
Se valorarán los méritos atendiendo al siguiente baremo:
1.ª.- Experiencia profesional. Se valorarán los servicios efectivos prestados en ayuntamientos.
1.1. En puesto similar o superior al convocado, con las atribuciones, funciones y
características específicas propias del mismo a razón de 0,40 puntos por
mes/jornada completa.
La valoración se reducirá de manera directamente proporcional en el caso de
que los servicios hayan sido prestados a tiempo parcial excepto cuando la
reducción obedezca a algunos supuestos previstos en la normativa sobre
reducción de jornada por motivos de lactancia, cuidados familiares y demás
supuestos motivados en la conciliación de la vida familiar y laboral.
Los servicios prestados se acreditarán mediante el correspondiente certificado
de servicios prestados emitido por la correspondiente administración.
La puntuación máxima a otorgar por este apartado será de 6,00 puntos, lo que
supone un 60% de la puntuación total de la fase de concurso.
2.ª.- Formación académica: Por poseer o haber abonado los derechos para la obtención de un
título distinto al exigido para participar en esta convocatoria, se otorgará la siguiente
puntuación:
Doctorado universitario
2 puntos
Licenciatura universitaria/título de grado
1,5 puntos
Diplomatura universitaria
1 punto
Ciclo completo de la Escuela Oficial de Idiomas
1 punto
Ciclo Superior de Formación Profesional
Ciclo Medio de Formación Profesional
0,5 puntos
0,25 puntos
Solo será puntuable una titulación y en caso de acreditar más de una será puntuada la
superior. Será imprescindible la presentación del título o en su defecto el justificante de haber
abonado los derechos correspondientes para su obtención.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el
Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la administración competente para ello.
En todo caso, los títulos presentados para su valoración deberán de ser acordes a lo
establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la
ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
La puntuación máxima a otorgar por este apartado será de 2,00 puntos, lo que supone un 20%
de la puntuación total de la fase de concurso.
3.ª.- Formación y perfeccionamiento.
Se puntuará la formación recibida sobre materias relacionadas con el perfil del puesto al que se
opta y que hayan podido redundar en beneficio del perfeccionamiento profesional, a excepción
de los que hayan formado parte de la titulación requerida para el acceso.
Los cursos o acciones formativas de idéntica temática puntuarán una sola vez, aunque se
valorará, en el caso de no contar con el mismo número de horas, el de mayor puntuación.
Los cursos en los que no esté especificado el número de horas no se considerarán para su
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