Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). (03538/2025)
Bases de convocatoria para cubrir una plaza de Administrativo/a
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra

Anuncio 3538/2025

valoración.
Las certificaciones sobre asignaturas, cursos, seminarios y conferencias, designados en
créditos, deberán constar con su equivalencia en horas. Siendo sólo puntuable en el caso de
que no se puntúe la titulación universitaria.
Aquellos cursos cuya fecha de realización tenga una antigüedad superior a los 15 años,
inmediatamente anteriores a la de finalización del plazo de presentación de instancias al
presente proceso selectivo, se valorarán en la mitad respectivamente.

Cursos o acciones formativa recibidos, relacionadas con las
funciones del puesto de trabajo, con un mínimo de 20 horas
de duración que estén impartidos por las escuela de
formación pública de las comunidades autónomas,
diputaciones, ayuntamientos o mancomunidades, por la
universidad o institución pública de carácter reconocidas, se
otorgarán

0,1 puntos
por crédito
horario

Máximo
de 2
puntos

Para considerar los créditos se dividirá el número total de horas de asistencia al curso por 10,
considerando por cada 10 horas efectivas o fracción restante un crédito horario.
Los cursos recibidos serán justificados con el correspondiente certificado o diploma, en el que
conste la firma del Secretario, Gerente o Coordinador y el visto bueno del responsable de la
entidad que lo imparte con mención expresa al contenido y duración del mismo expresada en
horas.
La puntuación máxima a otorgar por este apartado será de 2,00 puntos, lo que supone un 20%
de la puntuación total de la fase de concurso.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.5 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura, el concurso-oposición consistirá en la práctica sucesiva de ambos
sistemas, en la cual precederá siempre la fase de oposición.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en cada una de las fases que lo componen.

Octava.- Desarrollo de los ejercicios.
El calendario de las pruebas, la hora y el lugar de su realización, se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en
la sede electrónica del Ayuntamiento.
Novena.- Sistema de calificación.
Se entiende por puntuación definitiva de los aspirantes aquellas que se publiquen tras las oportunas deliberaciones que
hayan llevado a cabo los miembros del Tribunal, no considerándose por lo tanto como tal, aquellos cálculos y/o
deliberaciones realizadas por los miembros del Tribunal previas a la referida publicación oficial.
Décima.- Puntuación y propuesta de selección.
Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación y en la sede electrónica de la misma
la relación de los aspirantes por orden de puntuación, precisándose que el número de seleccionados no podrán rebasar el
número de plazas convocadas; esto es, una. Seguidamente, el Tribunal elevará dicha relación a la Presidencia de la
Corporación junto con el acta de la última sesión que deberá hacer concreta referencia al aspirante seleccionado/a.
El presente proceso de selección podrá ser declarado desierto, bien por no concurrir ningún aspirante al mismo en el plazo
establecido, o bien, porque ninguno de los aspirantes superen el proceso de selección.
El aspirante propuesto deberá presentar la documentación exigida original en el Ayuntamiento en el plazo máximo de diez
días hábiles desde la propuesta de nombramiento.
Undécima.- Nombramiento.
Cumplidos los trámites y elevada por el Tribunal al Presidente de la Corporación la propuesta de nombramiento como
funcionario/a de carrera a favor del aspirante que hubiera obtenido la puntuación final más elevada, o en su caso actuando
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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