Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aceuchal. Área de Igualdad (Badajoz). (03554/2025)
Bases de convocatoria para cubrir una plaza de Coordinador de Parque de Maquinaria, por sistema de oposición, mediante promoción interna
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Aceuchal
Anuncio 3554/2025
Tercera. Personas con discapacidad.
No hay turno de reserva este turno específico para personas con capacidades especiales, al no contar este Ayuntamiento
con personal en plantilla en esta situación y categoría.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes (modelo del anexo I) deberán presentarse dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aceuchal,
en el Registro electrónico general del Ayuntamiento (https://aceuchal.sedelectronica.es) o en alguno de los lugares previstos
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
El plazo de presentación será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Así mismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y sede electrónica de este
Ayuntamiento.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
Quinta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de 1 mes, declarando aprobada la
lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el BOP y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento (dirección https://aceuchal.sedelectronica.es), se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo para presentación.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Por resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será
objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección
https://aceuchal.sedelectronica.es). En esta misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de
realizarse todas las pruebas. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede
electrónica del Ayuntamiento; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse
públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado y, en su caso, en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento, para mayor difusión, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo
ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la
designación nominal del Tribunal.
Sexta. Tribunal Calificador.
El Tribunal Calificador estará compuesto por:
Cargo
Identidad
Presidente
Representante de la Diputación Provincial
Vocal
Representante de la Junta de Extremadura
Vocal
Funcionario/a de la Administración Local
Vocal
Funcionario/a del Ayuntamiento de Aceuchal
Secretario
Funcionario/a del Ayuntamiento de Aceuchal
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores especialistas, en aquellas
pruebas que consideren necesario y/o para aquellos aspectos concretos del proceso selectivo debido a la
especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se circunscribe a un mero asesoramiento, es decir actúan
con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los asesores deberán guardar sigilo y
confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a consecuencia de su colaboración
en el Tribunal.
Se garantizará la imparcialidad, profesionalidad y, en la medida de lo posible, paridad de género.
El personal de elección o designación política, funcionarios interinos y personal eventual no podrán formar parte del
Tribunal.
La abstención y recusación de sus miembros se regirá por los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 7
Anuncio 3554/2025
Tercera. Personas con discapacidad.
No hay turno de reserva este turno específico para personas con capacidades especiales, al no contar este Ayuntamiento
con personal en plantilla en esta situación y categoría.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes (modelo del anexo I) deberán presentarse dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aceuchal,
en el Registro electrónico general del Ayuntamiento (https://aceuchal.sedelectronica.es) o en alguno de los lugares previstos
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
El plazo de presentación será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Así mismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y sede electrónica de este
Ayuntamiento.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
Quinta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de 1 mes, declarando aprobada la
lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el BOP y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento (dirección https://aceuchal.sedelectronica.es), se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo para presentación.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Por resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será
objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección
https://aceuchal.sedelectronica.es). En esta misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de
realizarse todas las pruebas. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede
electrónica del Ayuntamiento; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse
públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado y, en su caso, en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento, para mayor difusión, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo
ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la
designación nominal del Tribunal.
Sexta. Tribunal Calificador.
El Tribunal Calificador estará compuesto por:
Cargo
Identidad
Presidente
Representante de la Diputación Provincial
Vocal
Representante de la Junta de Extremadura
Vocal
Funcionario/a de la Administración Local
Vocal
Funcionario/a del Ayuntamiento de Aceuchal
Secretario
Funcionario/a del Ayuntamiento de Aceuchal
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores especialistas, en aquellas
pruebas que consideren necesario y/o para aquellos aspectos concretos del proceso selectivo debido a la
especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se circunscribe a un mero asesoramiento, es decir actúan
con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los asesores deberán guardar sigilo y
confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a consecuencia de su colaboración
en el Tribunal.
Se garantizará la imparcialidad, profesionalidad y, en la medida de lo posible, paridad de género.
El personal de elección o designación política, funcionarios interinos y personal eventual no podrán formar parte del
Tribunal.
La abstención y recusación de sus miembros se regirá por los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 7