Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Igualdad (Badajoz). (03552/2025)
Bases de convocatoria para cubrir un puesto de carácter singularizado reservado a personal funcionario, por sistema de concurso
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 3552/2025
el intervalo del grupo/subgrupo correspondiente y en relación con el nivel del puesto de trabajo al que se
opta y hasta un máximo de 2 puntos. Se valorará según la escala siguiente:
Grado superior o igual: 2
puntos
Grado inferior entre uno y cuatro
niveles: 1,9 puntos
Grado inferior en cinco o más
niveles: 1,5 punto
b) Trabajo desarrollado en puestos anteriores. Se valorarán las funciones y/o cometidos profesionales
desarrollados en puestos anteriores como funcionario en puestos obtenidos en propiedad, con
nombramientos provisionales o comisión de servicios y en el mismo grupo/subgrupo y escala/ subescala al
correspondiente al puesto al que se concursa, atendiendo al nivel y tiempo de desempeño de esos puestos,
siempre que se hayan prestado en el área funcional indicada en apartado de méritos (07) del anexo I de esta
convocatoria o en la misma unidad administrativa de pertenencia según la vigente RPT.
En el caso de funcionarios procedentes de las situaciones de excedencias por cuidado de familiares y de
servicios especiales se tendrá en cuenta el nivel del puesto que desempeñaba el concursante antes de pasar a
dichas situaciones.
Estos trabajos, valorables hasta un máximo de 6 puntos, se puntuarán por períodos de 12 meses de servicio,
asignándose una puntuación proporcional en periodos menores por meses completos y con arreglo a la
siguiente tabla:
Nivel del puesto desempeñado
Por cada 12
meses
Nivel del puesto
desempeñado
Por cada 12
meses
Superior o igual al del puesto
solicitado
2,5 puntos
Inferior entre 1 y 4 niveles del
puesto solicitado
2 puntos
Inferior en más de 5 niveles al del
puesto solicitado
1,5 puntos
Si el puesto hubiera cambiado de nivel se computará por el más alto en que hubiere estado clasificado.
c) Cursos de perfeccionamiento. Se valorarán, hasta un máximo de 2 puntos, los cursos de formación y de
perfeccionamiento, jornadas u otras acciones formativas organizados por el Ayuntamiento de Almendralejo,
el Instituto Nacional de Administración Pública, centros o Entidades acogidos a los planes de formación de las
administraciones públicas, Diputación Provincial, Gobierno de Extremadura, Federación de Municipios y
Provincial, universidades públicas y demás centros oficiales de formación y perfeccionamiento de
funcionarios, que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto de
trabajo al que se opte. La puntuación se otorgará conforme al siguiente baremo:
Por cada 10 horas lectivas de curso recibido: 0,50
puntos
Por cada 10 horas de impartición de cursos: 1
punto
d) Antigüedad. Se valorará por años de servicios, computándose a estos efectos los reconocidos con
anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario de carrera en cualquier administración pública.
No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados. Por cada año
completo de servicios prestados se valorará a razón de 1 punto por año, hasta un máximo de 5 puntos.
7.ª.2 Fase valoración de méritos específicos: A esta fase del concurso solo podrán acceder quienes hayan superado la
primera fase, a tal efecto la Comisión técnica de Valoración, una vez haya examinado la documentación convocará a las
personas aptas en la primera fase a la defensa de la memoria.
Para superar esta fase de méritos específicos será necesario que los concursantes alcancen una puntuación mínima de 2,50
puntos, siendo la máxima de esta misma fase de 5 puntos, de acuerdo a los siguientes criterios:
a) Memoria sobre el puesto de trabajo que se haya solicitado: Versará sobre el análisis de las tareas del
puesto de trabajo al que se opte, con una descripción de la metodología relativa a la organización y gestión de
los recursos disponibles de la unidad correspondiente, con base en las funciones y descripción del puesto de
trabajo que se incluye en el anexo I de estas bases.
La memoria se elaborará conforme a la siguiente estructuración:
1. Índice.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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el intervalo del grupo/subgrupo correspondiente y en relación con el nivel del puesto de trabajo al que se
opta y hasta un máximo de 2 puntos. Se valorará según la escala siguiente:
Grado superior o igual: 2
puntos
Grado inferior entre uno y cuatro
niveles: 1,9 puntos
Grado inferior en cinco o más
niveles: 1,5 punto
b) Trabajo desarrollado en puestos anteriores. Se valorarán las funciones y/o cometidos profesionales
desarrollados en puestos anteriores como funcionario en puestos obtenidos en propiedad, con
nombramientos provisionales o comisión de servicios y en el mismo grupo/subgrupo y escala/ subescala al
correspondiente al puesto al que se concursa, atendiendo al nivel y tiempo de desempeño de esos puestos,
siempre que se hayan prestado en el área funcional indicada en apartado de méritos (07) del anexo I de esta
convocatoria o en la misma unidad administrativa de pertenencia según la vigente RPT.
En el caso de funcionarios procedentes de las situaciones de excedencias por cuidado de familiares y de
servicios especiales se tendrá en cuenta el nivel del puesto que desempeñaba el concursante antes de pasar a
dichas situaciones.
Estos trabajos, valorables hasta un máximo de 6 puntos, se puntuarán por períodos de 12 meses de servicio,
asignándose una puntuación proporcional en periodos menores por meses completos y con arreglo a la
siguiente tabla:
Nivel del puesto desempeñado
Por cada 12
meses
Nivel del puesto
desempeñado
Por cada 12
meses
Superior o igual al del puesto
solicitado
2,5 puntos
Inferior entre 1 y 4 niveles del
puesto solicitado
2 puntos
Inferior en más de 5 niveles al del
puesto solicitado
1,5 puntos
Si el puesto hubiera cambiado de nivel se computará por el más alto en que hubiere estado clasificado.
c) Cursos de perfeccionamiento. Se valorarán, hasta un máximo de 2 puntos, los cursos de formación y de
perfeccionamiento, jornadas u otras acciones formativas organizados por el Ayuntamiento de Almendralejo,
el Instituto Nacional de Administración Pública, centros o Entidades acogidos a los planes de formación de las
administraciones públicas, Diputación Provincial, Gobierno de Extremadura, Federación de Municipios y
Provincial, universidades públicas y demás centros oficiales de formación y perfeccionamiento de
funcionarios, que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto de
trabajo al que se opte. La puntuación se otorgará conforme al siguiente baremo:
Por cada 10 horas lectivas de curso recibido: 0,50
puntos
Por cada 10 horas de impartición de cursos: 1
punto
d) Antigüedad. Se valorará por años de servicios, computándose a estos efectos los reconocidos con
anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario de carrera en cualquier administración pública.
No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados. Por cada año
completo de servicios prestados se valorará a razón de 1 punto por año, hasta un máximo de 5 puntos.
7.ª.2 Fase valoración de méritos específicos: A esta fase del concurso solo podrán acceder quienes hayan superado la
primera fase, a tal efecto la Comisión técnica de Valoración, una vez haya examinado la documentación convocará a las
personas aptas en la primera fase a la defensa de la memoria.
Para superar esta fase de méritos específicos será necesario que los concursantes alcancen una puntuación mínima de 2,50
puntos, siendo la máxima de esta misma fase de 5 puntos, de acuerdo a los siguientes criterios:
a) Memoria sobre el puesto de trabajo que se haya solicitado: Versará sobre el análisis de las tareas del
puesto de trabajo al que se opte, con una descripción de la metodología relativa a la organización y gestión de
los recursos disponibles de la unidad correspondiente, con base en las funciones y descripción del puesto de
trabajo que se incluye en el anexo I de estas bases.
La memoria se elaborará conforme a la siguiente estructuración:
1. Índice.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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