Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2025-2159)
BOP-2025-2159 Aprobación de la convocatoria y las bases para la constitución de una Bolsa de Empleo para Oficial de Primera de la Construcción-Albañil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Navas del Madroño
Ayuntamiento de Navas del Madroño
Plza. de la Constitución, 1, Navas del Madroño. 10930 (Cáceres). Tfno. 927375002. Fax: 927375290
valorarán aquellos títulos dónde no se indique expresamente el número de horas de
duración.
Todos los cursos, seminarios, congresos o jornadas para ser valorados habrán de haber
sido impartidos por Administraciones Públicas, Centros Oficiales de Formación,
Escuelas de Administración Pública, Colegidos Profesiones, Organizaciones Sindicales,
Universidades y centro formativos públicos o privados homologados.
En todos los casos, únicamente se valorarán por una sola vez los cursos de idéntico
contenido y denominación, aunque se repita su participación.
Respecto al apartado e), no serán valorados los cursos que ya lo hayan sido en los
apartados precedentes (a, b, c, d).
La formación a valorar habrá de poseerse en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, no valorándose aquella que se haya realizado
posteriormente.
d. Experiencia: hasta un máximo de 5,00 puntos
- Por haber desempeñado el puesto de trabajo de oficial albañil de 1ª o 2ª categoría, como
empleado/a público o en empresas privadas, a razón de 0,10 puntos por cada mes
completo trabajado hasta un máximo de 5,00 puntos.
Para obtener dicha puntuación será necesario presentar la vida laboral y los contratos
correspondientes, o bien, certificado de la Administración Pública en el que se
verifiquen las tareas realizadas. La puntuación se hará de acuerdo con los días que
figuren en la vida laboral.
Se procederá a sumar la totalidad de días que correspondan por los trabajos realizados
que encajen en el presente epígrafe para determinar los meses completos a computar (se
considera, a los efectos del cómputo referente a estas bases, como un mes igual a treinta
días).
En el caso de que la denominación del puesto de trabajo no permita deducir si es
equivalente con el puesto de trabajo convocado o con otro inferior, para poder puntuar
en este apartado la persona interesada deberá presentar un certificado o declaración
jurada de la administración o empresa en la que haya trabajado donde consten las
funciones desempeñadas con el fin de que el Órgano Seleccionador pueda valorar la
equivalencia. Se valorarán funciones relacionadas con la albañilería.
Acreditación de los méritos de la fase de concurso:
Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de tres
días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación de aprobados en el
último ejercicio de la fase de oposición para acreditar, a través de su presentación mediante
Anexo III de estas bases, los méritos definidos en el apartado anterior.
Cód.
Validación:
6CFHA55D49QH65FHK9QHWQARM
Verificación:
https://navasdelmadrono.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de mayo de 2025
N.º 0084
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valorarán aquellos títulos dónde no se indique expresamente el número de horas de
duración.
Todos los cursos, seminarios, congresos o jornadas para ser valorados habrán de haber
sido impartidos por Administraciones Públicas, Centros Oficiales de Formación,
Escuelas de Administración Pública, Colegidos Profesiones, Organizaciones Sindicales,
Universidades y centro formativos públicos o privados homologados.
En todos los casos, únicamente se valorarán por una sola vez los cursos de idéntico
contenido y denominación, aunque se repita su participación.
Respecto al apartado e), no serán valorados los cursos que ya lo hayan sido en los
apartados precedentes (a, b, c, d).
La formación a valorar habrá de poseerse en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, no valorándose aquella que se haya realizado
posteriormente.
d. Experiencia: hasta un máximo de 5,00 puntos
- Por haber desempeñado el puesto de trabajo de oficial albañil de 1ª o 2ª categoría, como
empleado/a público o en empresas privadas, a razón de 0,10 puntos por cada mes
completo trabajado hasta un máximo de 5,00 puntos.
Para obtener dicha puntuación será necesario presentar la vida laboral y los contratos
correspondientes, o bien, certificado de la Administración Pública en el que se
verifiquen las tareas realizadas. La puntuación se hará de acuerdo con los días que
figuren en la vida laboral.
Se procederá a sumar la totalidad de días que correspondan por los trabajos realizados
que encajen en el presente epígrafe para determinar los meses completos a computar (se
considera, a los efectos del cómputo referente a estas bases, como un mes igual a treinta
días).
En el caso de que la denominación del puesto de trabajo no permita deducir si es
equivalente con el puesto de trabajo convocado o con otro inferior, para poder puntuar
en este apartado la persona interesada deberá presentar un certificado o declaración
jurada de la administración o empresa en la que haya trabajado donde consten las
funciones desempeñadas con el fin de que el Órgano Seleccionador pueda valorar la
equivalencia. Se valorarán funciones relacionadas con la albañilería.
Acreditación de los méritos de la fase de concurso:
Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de tres
días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación de aprobados en el
último ejercicio de la fase de oposición para acreditar, a través de su presentación mediante
Anexo III de estas bases, los méritos definidos en el apartado anterior.
Cód.
Validación:
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Verificación:
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