Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-2192)
BOP-2025-2192 Convocatoria de Ayudas Económicas para garantizar a los/a ciudadanos/as de Alcuéscar el derecho al acceso de Suministros Mínimos Vitales para el año 2025.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
e.
f.
Dependencia, con independencia del Grado, se incrementará un 10 % por cada
miembro de la unidad de convivencia.
LIMITE SI ALGÚN/A MIEMBRO TIENE 65% O MÁS DE DISCAPACIDAD O ALGÚN GRADO
DE DEPENDENCIA
Asimismo, si la persona solicitante miembro de la unidad de convivencia o en su caso,
otra persona integrante de la unidad familiar, estuviera abonando un préstamo
hipotecario o alquiler sobre la vivienda habitual de residencia, a fin de determinar la
cantidad a imputar como recursos disponibles en el hogar se deducirá su importe
mensual sobre el total de los ingresos de la unidad familiar, hasta un máximo del 50 %
del IPREM mensual, referido a 14 pagas.
A las personas integrantes de las unidades de convivencia, solicitantes de las ayudas
para suministros mínimos vitales que sean beneficiarias del bono social eléctrico para
consumidores/as vulnerables severos/as según el Real Decreto 897/2.017, de 6 de
octubre, se aplicarán los límites de renta y se realizará su cómputo conforme a lo
Nº DE MIEMBROS % IPREM LÍMITES DE INGRESOS
1 130% 910 €
2 140% 980 €
3 150% 1.050 €
4 160% 1.120 €
5 170% 1.190 €
6 180% 1.260 €
7 190% 1.330 €
8 200% 1.400 €
9 210% 1.470 €
10 220% 1.540 € CVE:
BOP-2025-2192
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de mayo de 2025
N.º 0086
Pág. 10307
f.
Dependencia, con independencia del Grado, se incrementará un 10 % por cada
miembro de la unidad de convivencia.
LIMITE SI ALGÚN/A MIEMBRO TIENE 65% O MÁS DE DISCAPACIDAD O ALGÚN GRADO
DE DEPENDENCIA
Asimismo, si la persona solicitante miembro de la unidad de convivencia o en su caso,
otra persona integrante de la unidad familiar, estuviera abonando un préstamo
hipotecario o alquiler sobre la vivienda habitual de residencia, a fin de determinar la
cantidad a imputar como recursos disponibles en el hogar se deducirá su importe
mensual sobre el total de los ingresos de la unidad familiar, hasta un máximo del 50 %
del IPREM mensual, referido a 14 pagas.
A las personas integrantes de las unidades de convivencia, solicitantes de las ayudas
para suministros mínimos vitales que sean beneficiarias del bono social eléctrico para
consumidores/as vulnerables severos/as según el Real Decreto 897/2.017, de 6 de
octubre, se aplicarán los límites de renta y se realizará su cómputo conforme a lo
Nº DE MIEMBROS % IPREM LÍMITES DE INGRESOS
1 130% 910 €
2 140% 980 €
3 150% 1.050 €
4 160% 1.120 €
5 170% 1.190 €
6 180% 1.260 €
7 190% 1.330 €
8 200% 1.400 €
9 210% 1.470 €
10 220% 1.540 € CVE:
BOP-2025-2192
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de mayo de 2025
N.º 0086
Pág. 10307