Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-2192)
BOP-2025-2192 Convocatoria de Ayudas Económicas para garantizar a los/a ciudadanos/as de Alcuéscar el derecho al acceso de Suministros Mínimos Vitales para el año 2025.
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Objetivos: ayuda en materia de acción social a personas en situación de dependencia y en
situaciones de vulnerabilidad, junto con la gestión de ayudas de apoyo social para cubrir
necesidades o situaciones excepcionales de las personas o familias.
Colaborar en la ejecución de programas referidos a sectores especialmente vulnerables y
discriminados como mujeres, ancianos/as y jóvenes, personas víctimas de la drogadicción y
alcoholismo, personas con diversidad funcional, inmigrantes, colectivos en situación de
pobreza, desempleados de larga duración, etc.
Los Efectos pretendidos:
Aumentar el número de empresas que incorporan mujeres en sus plantillas, la
constitución de cooperativas de mujeres...
Animar la expresión cultural juvenil, evitar la drogodependencia en los/as jóvenes del
Municipio, favorecer la constitución de Asociaciones de tiempo libre y generar
verdaderas oportunidades de trabajo, estudio y desarrollo para los/as jóvenes.
Creación de asociaciones destinadas a servicios sociales, favoreciendo la inserción de
grupos discriminados en la sociedad, como Asociaciones de ayuda al/a inmigrante,
consumidores/as, vecinos/as, amas de casa, jóvenes, etc.
Universalizar a toda la población el derecho a la actividad recreativa, física y deportiva.
Ayudas en materia de acción social a grupos o personas que lo necesiten y se
encuadren en los posibles destinatarios de las mismas.
Colaborar en la ejecución de programas referidos a sectores especialmente
vulnerables y discriminados como mujeres, ancianos/as y jóvenes, personas víctimas
de la drogadicción y alcoholismo, personas con diversidad funcional, inmigrantes,
colectivos en situación de pobreza, desempleados de larga duración, etc.
Obtener la mayor racionalidad posible en el conjunto de esfuerzos en el campo de la
acción social.
El plazo de realización:
Será el propio de este Plan Estratégico de Subvenciones. Anual, según necesidades.
Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto
de los Presupuestos [téngase en cuenta que el Ayuntamiento también puede recurrir a otros
medios de financiación ajena]. [En caso de que se subvencionen gastos de capital, las
subvenciones se cargarán al capítulo siete de gastos del Presupuesto].
Los costes previstos para cada ejercicio que corresponda serán hasta el máximo de las
disponibilidades presupuestarias.
CVE:
BOP-2025-2192
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de mayo de 2025
N.º 0086
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