Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-2192)
BOP-2025-2192 Convocatoria de Ayudas Económicas para garantizar a los/a ciudadanos/as de Alcuéscar el derecho al acceso de Suministros Mínimos Vitales para el año 2025.
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Plan de acción:
Impartir cursos de formación en los nuevos sectores de empleo, especialmente
dirigidos a jóvenes, mayores de 45, mujeres con discapacidad e inmigrantes; conceder
incentivos a mujeres empresarias para la consolidación de pequeñas empresas;
apoyar la puesta en marcha de proyectos empresariales, sociedades laborales y
cooperativas de mujeres, priorizando los proyectos innovadores en sectores
emergentes; impulsar la creación de guarderías por las propias empresas en los
entornos más próximos a los centros de trabajo; etc.
Diseñar una política integral de juventud; apoyar los talleres de formación de
monitores/as y animadores/as; promover la creación de foros de jóvenes en el que
obtengan información; orientación para la búsqueda de empleo; etc.
Diseñar una política que impulse acciones de sensibilización y promoción de actitudes
tolerantes y democráticas con las que prevenir las tendencias excluyentes y agresivas;
plantear proyectos sustentables y adaptados a las características concretas del
Municipio, etc.
Programas de actividades, talleres, cursos, etc.
Solicitud y gestión de ayudas con cargo a subvenciones de las que sea destinatario el
Ayuntamiento, o bien con fondos propios, para ayuda en materia de acción social a
personas en situación de dependencia y en situaciones de vulneabilidad, junto con las
ayudas de apoyo social para cubrir necesidades o situaciones excepcionales de las
personas o familias.
Colaborar en la ejecución de programas referidos a sectores especialmente
vulnerables y discriminados como mujeres, ancianos/as y jóvenes, personas víctimas
de la drogadicción y alcoholismo, personas con diversidad funcional, inmigrantes,
colectivos en situación de pobreza, desempleados/as de larga duración, etc.
El plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica se realizará mediante la
elaboración de las correspondientes bases de convocatoria y/o convenios de colaboración
específicos.
2. Créditos Presupuestarios.
Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes 231.480.00.-
A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO. ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA, y
la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 10.825 euros.
CVE:
BOP-2025-2192
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de mayo de 2025
N.º 0086
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