Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2207)
BOP-2025-2207 Bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, ejercicio 2025, correspondientes a la Concejalía de juventud y festejos del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, para proyectos en materia juvenil desarrollados.
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Concurrirá el incumplimiento parcial cuando el porcentaje del proyecto
subvencionado efectivamente realizada respecto a la subvención concedida sea
inferior al 100%, actuándose de la siguiente forma:
Si el porcentaje del proyecto efectivamente ejecutado respecto al concedido es
inferior al 100% y superior o igual al 50%, se procederá al reintegro
proporcional de la subvención concedida.
Cuando el porcentaje del proyecto efectivamente ejecutado respecto al
concedido es inferior al 50%, se considera incumplimiento total de la finalidad
del proyecto y se procederá a revocar la subvención y en su caso, reintegro de
la misma.
BASE DECIMONOVENA.- INFRACCIONES Y SANCIONES.-
Constituyen infracciones administrativas las acciones u omisiones tipificadas en
la Ley General de Subvenciones y serán sancionables incluso a título de simple
negligencia.
En cuanto a tipificación y procedimiento se estará a lo previsto en el Título IV
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
BASE VIGÉSIMA.- CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES REALIZACIÓN PROYECTO.-
La concesión de subvención con arreglo a la presente convocatoria no exime a
los beneficiarios del cumplimiento de cuantas obligaciones en materia de
autorizaciones, licencias y permisos sean necesarios para la realización del proyecto
subvencionado.
BASE VIGÉSIMO PRIMERA.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
La mera presentación a esta convocatoria de ayudas para la realización de
proyectos que se desarrollen en el ámbito juvenil, comporta el conocimiento,
aceptación y sujeción a todas y cada una de las presentes bases, así como la
incorporación de los datos personales en los ficheros del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres. Dichos datos se conservarán con carácter confidencial y sin perjuicio de las
remisiones de obligado cumplimiento, según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
La utilización de dichos datos no podrá servir a un fin distinto de estas ayudas.
BASE VIGÉSIMO SEGUNDA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE LOS SOLICITANTES
Los datos de carácter personal aportados por las personas solicitantes
quedarán incorporados por parte de la Concejalía de Juventud y Festejos del Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres, a la Base de Datos “Convocatoria para la concesión de
subvenciones, correspondiente a la Concejalía de Juventud y Festejos del
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, para proyectos en materia juvenil
desarrollados por entidades juveniles”. Los datos de carácter personal de quienes
sean titulares de expedientes o de terceros interesados incorporados a dicha base de
datos se hallan protegidos de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales.
Conforme a la citada ley orgánica, cualquier persona interesada puede ejercitar
los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos que
consideren oportunos, sobre los datos suministrados, en los términos expresados en la
CVE:
BOP-2025-2207
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de mayo de 2025
N.º 0086
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Concurrirá el incumplimiento parcial cuando el porcentaje del proyecto
subvencionado efectivamente realizada respecto a la subvención concedida sea
inferior al 100%, actuándose de la siguiente forma:
Si el porcentaje del proyecto efectivamente ejecutado respecto al concedido es
inferior al 100% y superior o igual al 50%, se procederá al reintegro
proporcional de la subvención concedida.
Cuando el porcentaje del proyecto efectivamente ejecutado respecto al
concedido es inferior al 50%, se considera incumplimiento total de la finalidad
del proyecto y se procederá a revocar la subvención y en su caso, reintegro de
la misma.
BASE DECIMONOVENA.- INFRACCIONES Y SANCIONES.-
Constituyen infracciones administrativas las acciones u omisiones tipificadas en
la Ley General de Subvenciones y serán sancionables incluso a título de simple
negligencia.
En cuanto a tipificación y procedimiento se estará a lo previsto en el Título IV
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
BASE VIGÉSIMA.- CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES REALIZACIÓN PROYECTO.-
La concesión de subvención con arreglo a la presente convocatoria no exime a
los beneficiarios del cumplimiento de cuantas obligaciones en materia de
autorizaciones, licencias y permisos sean necesarios para la realización del proyecto
subvencionado.
BASE VIGÉSIMO PRIMERA.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
La mera presentación a esta convocatoria de ayudas para la realización de
proyectos que se desarrollen en el ámbito juvenil, comporta el conocimiento,
aceptación y sujeción a todas y cada una de las presentes bases, así como la
incorporación de los datos personales en los ficheros del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres. Dichos datos se conservarán con carácter confidencial y sin perjuicio de las
remisiones de obligado cumplimiento, según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
La utilización de dichos datos no podrá servir a un fin distinto de estas ayudas.
BASE VIGÉSIMO SEGUNDA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE LOS SOLICITANTES
Los datos de carácter personal aportados por las personas solicitantes
quedarán incorporados por parte de la Concejalía de Juventud y Festejos del Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres, a la Base de Datos “Convocatoria para la concesión de
subvenciones, correspondiente a la Concejalía de Juventud y Festejos del
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, para proyectos en materia juvenil
desarrollados por entidades juveniles”. Los datos de carácter personal de quienes
sean titulares de expedientes o de terceros interesados incorporados a dicha base de
datos se hallan protegidos de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales.
Conforme a la citada ley orgánica, cualquier persona interesada puede ejercitar
los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos que
consideren oportunos, sobre los datos suministrados, en los términos expresados en la
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Verificable
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