Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2025-2221)
BOP-2025-2221 Convocatoria de provisión de puestos de trabajo vacantes no singularizados de personal funcionario por el procedimiento de concurso permanente y abierto. Plazas incluidas en OEP 2024.
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Firmado por: ANTONIO DIAZ ALIAS - Alcalde Presidente Fecha: 30-04-2025 13:14:03
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BASES DE SELECCIÓN
Convocatoria de provisión de puestos de trabajo vacantes no singularizados de personal funcionario del Ayuntamiento
de Miajadas, por el procedimiento de concurso permanente y abierto. Plazas incluidas en OEP 2024.
BASE PRIMERA. CONCEPTO Y REGULACIÓN.
El procedimiento de concurso permanente y abierto para la provisión definitiva de los
puestos de trabajo vacantes no singularizados de personal funcionario de carrera del
Excmo. Ayuntamiento de Miajadas (Cáceres), se regirá por las presentes bases
generales, por la presente convocatoria y por las demás normas que resulten aplicables.
BASE SEGUNDA. OBJETO DE LAS CONVOCATORIAS.
1. Las presentes bases se aplicarán a ésta y a las sucesivas convocatorias del concurso
permanente y abierto, que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
2. El procedimiento se iniciará mediante la publicación de la respectiva convocatoria,
que deberá efectuarse, al menos, semestralmente y contendrá las bases que han de
regir el desarrollo de las mismas, la denominación, nivel, descripción y ubicación de los
puestos de trabajo ofrecidos, y los requisitos indispensables para su desempeño, los
méritos a valorar y el baremo con arreglo al cual se puntuarán los mismos y la
composición de la comisión de valoración.
3. Se convoca, por el procedimiento de concurso permanente y abierto, la provisión
definitiva de los puestos de trabajo no singularizados, que se hallan vacantes, de la
Administración del Excmo. Ayuntamiento de Miajadas y que se relacionan en el anexo
II, de acuerdo con los requisitos y demás características que para cada puesto figuran
en la correspondiente relación de puestos de trabajo de personal funcionario que se
halla en vigor.
4. No serán objeto de convocatoria aquellos puestos vacantes que se encuentren en
alguno de los siguientes supuestos:
a) Los que estén inmersos en expedientes de modificación de relaciones de
puestos de trabajo, que hayan sido objeto de negociación con las Organizaciones
Sindicales con capacidad representativa reconocida en el ámbito correspondiente,
en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público.
b) Los afectados por la ejecución de resoluciones judiciales.
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CVE:
BOP-2025-2221
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de mayo de 2025
N.º 0086
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