Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2025-2221)
BOP-2025-2221 Convocatoria de provisión de puestos de trabajo vacantes no singularizados de personal funcionario por el procedimiento de concurso permanente y abierto. Plazas incluidas en OEP 2024.
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Firmado por: ANTONIO DIAZ ALIAS - Alcalde Presidente Fecha: 30-04-2025 13:14:03
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Fecha de sellado electrónico: 30-04-2025 13:14:13 Fecha de emisión de esta copia: 05-05-2025 08:18:51
Plaza de España, 10, 10100, Miajadas (Cáceres) / Tfno.: 927 347 000 – Fax: 927 160 546 / https://miajadas.org/
c) Los que expresamente no hayan sido incluidos en la Oferta de Empleo Público
del ejercicio correspondiente, especificando su provisión por concurso de
traslados.
BASE TERCERA. PARTICIPANTES Y CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN EN EL
CONCURSO.
1. Los participantes, personal funcionario de carrera, deberán reunir los requisitos y las
condiciones generales exigidas en la presente convocatoria de provisión de puestos de
trabajo vacantes no singularizados, en estas bases generales, así como los requisitos
que se especifican para cada uno de los puestos de trabajo a los que opten, a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos durante la
totalidad del proceso de provisión. En el caso de no mantenerlos durante todo el proceso
serán excluidos, de forma motivada, del mismo.
Podrán participar en cada convocatoria el personal funcionario de carrera del Excmo.
Ayuntamiento de Miajadas, cualquiera que sea su situación administrativa, con
excepción de los suspensos en firme, mientras dure la suspensión, y los sancionados
con la imposibilidad de participar en procedimientos de provisión, mientras dure la
sanción.
2. Las condiciones generales de participación del personal funcionario de carrera del
Excmo. Ayuntamiento de Miajadas serán las siguientes:
a) Personal funcionario de carrera con destino definitivo.
El personal funcionario de carrera con destino definitivo sólo podrá participar en el
presente concurso si a la fecha de terminación del plazo de presentación de
instancias han transcurrido dos años desde la toma de posesión de su último
destino obtenido con tal carácter.
Cuando al personal funcionario de carrera se le difiera el cese en el puesto de
origen por necesidades del servicio, a los solos efectos de lo establecido en el
párrafo anterior, se incluirá en el cómputo de los años de permanencia en el puesto
de trabajo el tiempo diferido.
Al personal funcionario de carrera que acceda a otro Cuerpo o Escala por
promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que
desempeñaba se le computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto
en el Cuerpo o Escala de procedencia a efectos de lo dispuesto en los párrafos
anteriores.
b) Personal funcionario de carrera en situación de excedencia voluntaria por
interés particular.
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CVE:
BOP-2025-2221
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de mayo de 2025
N.º 0086
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