Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2241)
BOP-2025-2241 Aprobación definitiva del Reglamento de Creación, Regulación, Organización y Funcionamiento del Consejo Asesor de Artes Plásticas de la Diputación Provincial de Cáceres.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
1
ANEXO I
REGLAMENTO DE CREACIÓN, REGULACIÓN, ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE ARTES PLÁSTICAS DE
LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Diputación Provincial de Cáceres en su voluntad de apoyo al fomento,
sensibilización y difusión de las artes plásticas, en cualesquiera de sus
manifestaciones, considera necesario otorgar un carácter reglado y un marco
regulatorio del Consejo Asesor de Artes Plásticas, como cauce de participación
y encuentro para el asesoramiento y consulta en las políticas públicas que en la
materia reseñada se impulsen.
Artículo 1.- Objeto.
El presente Reglamento crea y regula la composición y el funcionamiento del
Consejo Asesor de Artes Plásticas de la Diputación Provincial de Cáceres,
como órgano colegiado de carácter consultivo del Área de Cultura de la Excma.
Diputación de Cáceres.
Articulo 2.-Adscripción y naturaleza jurídica.
El Consejo Asesor de Artes Plásticas de la Diputación de Cáceres, es un
órgano colegiado, sin personalidad jurídica propia y adscrito al Área de Cultura
y Deportes de la Diputación Provincial de Cáceres.
Artículo 3. Régimen jurídico.
1.- El Consejo Asesor de Artes Plásticas se rige por lo dispuesto en el presente
Reglamento, sin perjuicio de las normas específicas que regulen su
funcionamiento interno que, en su caso, serán aprobadas en el seno del propio
órgano.
2.- En lo no previsto en el presente Reglamento, será de aplicación lo dispuesto
en las normas sobre órganos colegiados contenidas en el Reglamento orgánico
de la Diputación de Cáceres y en la normativa básica en materia de régimen
jurídico del sector público.
CVE:
BOP-2025-2241
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de mayo de 2025
N.º 0087
Pág. 10555