Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2252)
BOP-2025-2252 Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Economía, Hacienda, Turismo y Relaciones con la UEx. Anualidad 2025.
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ARTÍCULO 14. -MODIFICACIONES DEL PLAN
La concesión de subvenciones no recogidas en el Plan Estratégico de Subvenciones, en
adelante PES, está condicionada a la modificación previa del mismo.
La introducción de nuevas líneas de subvención en el PES o la modificación de líneas ya
incluidas, también estarán condicionadas a la modificación previa o simultánea del referido
Plan.
No será necesaria la modificación del PES en los supuestos de modificación de líneas de
subvención existentes, cuando la modificación consista en la variación del importe asignado
a una subvención de la línea, siempre que el resto de los componentes de la misma
permanezcan sin cambios, hecho este que deberá quedar acreditado en el expediente, por
parte del centro gestor correspondiente.
ARTÍCULO 15. -SEGUIMIENTO DEL PLAN
Este Plan Estratégico debe ser revisado al objeto de:
- Modificar o actualizar las líneas de subvención que pudieran haber perdido su
vigencia, o que no sean eficaces para el cumplimiento de los objetivos.
- Actualizar los importes de aquellas que se mantengan.
- Incluir nuevas líneas de actuación que se consideren necesarias para la
consecución de los objetivos previamente establecidos.
A tales efectos, para cada línea de subvención deberán determinarse los indicadores de
cumplimiento de sus objetivos.
Este seguimiento se realizará con carácter anual por el departamento municipal al que se le
encomiende, para lo cual, por parte de cada uno de los Servicios, Unidades y Entidades
gestoras de subvenciones se procederá de acuerdo con las instrucciones que al respecto
emita dicho departamento.
Al objeto de dar cumplimiento a la obligación de suministrar información a la Base Nacional
de Subvenciones impuesta por el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, el departamento que se designe dictará las instrucciones
oportunas con el fin de establecer el procedimiento mediante el cual los centros gestores de
las subvenciones remitan la información a dicho departamento.
ARTÍCULO 16. –CONTROL.
El control financiero de las subvenciones está encomendado a la Intervención Municipal y
se realizará de conformidad con lo dispuesto al respecto en la legislación.
ANEXO de Subvenciones de la Concejalía de Economía, Hacienda, Turismo y
Relaciones con la UEx del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres 2025
Dichas subvenciones corresponden a la Unión de Cofradías Penitenciales de la ciudad de
Cáceres, con CIF: V-10101079 por importe de cincuenta y seis mil cuatrocientos setenta y
un euros (56.471,00€) y otra a la misma entidad por tres mil euros (3.000,00€); a la Cofradía
de la Sagrada Cena y Ntra. Sra. del Sagrario, con CIF: G-10199602 por importe de tres mil
quinientos veintinueve euros (3.529,00€), al Clúster de Turismo por importe de veinte mil
euros (20.000,00€) en atención al interés público y social de las actividades que se
desarrollarán en el año 2025.
Dichas subvenciones están previstas en la aprobación del Presupuesto Municipal, partida:
16.432.48900.
Indicadores: Fiesta de Interés Turístico Internacional. Media de participación 150.000
personas en los últimos años.
Indicadores: Congresos y Jornadas Nacionales e Internacionales. Media de participación
50.000 personas en los últimos años.
CVE:
BOP-2025-2252
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de mayo de 2025
N.º 0087
Pág. 10612
La concesión de subvenciones no recogidas en el Plan Estratégico de Subvenciones, en
adelante PES, está condicionada a la modificación previa del mismo.
La introducción de nuevas líneas de subvención en el PES o la modificación de líneas ya
incluidas, también estarán condicionadas a la modificación previa o simultánea del referido
Plan.
No será necesaria la modificación del PES en los supuestos de modificación de líneas de
subvención existentes, cuando la modificación consista en la variación del importe asignado
a una subvención de la línea, siempre que el resto de los componentes de la misma
permanezcan sin cambios, hecho este que deberá quedar acreditado en el expediente, por
parte del centro gestor correspondiente.
ARTÍCULO 15. -SEGUIMIENTO DEL PLAN
Este Plan Estratégico debe ser revisado al objeto de:
- Modificar o actualizar las líneas de subvención que pudieran haber perdido su
vigencia, o que no sean eficaces para el cumplimiento de los objetivos.
- Actualizar los importes de aquellas que se mantengan.
- Incluir nuevas líneas de actuación que se consideren necesarias para la
consecución de los objetivos previamente establecidos.
A tales efectos, para cada línea de subvención deberán determinarse los indicadores de
cumplimiento de sus objetivos.
Este seguimiento se realizará con carácter anual por el departamento municipal al que se le
encomiende, para lo cual, por parte de cada uno de los Servicios, Unidades y Entidades
gestoras de subvenciones se procederá de acuerdo con las instrucciones que al respecto
emita dicho departamento.
Al objeto de dar cumplimiento a la obligación de suministrar información a la Base Nacional
de Subvenciones impuesta por el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, el departamento que se designe dictará las instrucciones
oportunas con el fin de establecer el procedimiento mediante el cual los centros gestores de
las subvenciones remitan la información a dicho departamento.
ARTÍCULO 16. –CONTROL.
El control financiero de las subvenciones está encomendado a la Intervención Municipal y
se realizará de conformidad con lo dispuesto al respecto en la legislación.
ANEXO de Subvenciones de la Concejalía de Economía, Hacienda, Turismo y
Relaciones con la UEx del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres 2025
Dichas subvenciones corresponden a la Unión de Cofradías Penitenciales de la ciudad de
Cáceres, con CIF: V-10101079 por importe de cincuenta y seis mil cuatrocientos setenta y
un euros (56.471,00€) y otra a la misma entidad por tres mil euros (3.000,00€); a la Cofradía
de la Sagrada Cena y Ntra. Sra. del Sagrario, con CIF: G-10199602 por importe de tres mil
quinientos veintinueve euros (3.529,00€), al Clúster de Turismo por importe de veinte mil
euros (20.000,00€) en atención al interés público y social de las actividades que se
desarrollarán en el año 2025.
Dichas subvenciones están previstas en la aprobación del Presupuesto Municipal, partida:
16.432.48900.
Indicadores: Fiesta de Interés Turístico Internacional. Media de participación 150.000
personas en los últimos años.
Indicadores: Congresos y Jornadas Nacionales e Internacionales. Media de participación
50.000 personas en los últimos años.
CVE:
BOP-2025-2252
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de mayo de 2025
N.º 0087
Pág. 10612