Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2025-2283)
BOP-2025-2283 Proceso selectivo en régimen laboral temporal.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Trujillo
TERCERO. Condiciones de Admisión de Aspirantes
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56
del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por
ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo
público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida,
en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida.
CUARTA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias
Las solicitudes (ANEXO I) requiriendo tomar parte en las correspondientes proceso de selección, en las que los
aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, para la plaza que
se opte se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento y se presentarán en el Registro Electrónico
General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de siete días
hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres.
En el caso de la contratación temporal, por la propia naturaleza el proceso –el artículo 11.3 del texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público habla del principio de celeridad- y el fin público
perseguido, lo que permite la reducción de los plazos de presentación de solicitudes sin que se pueda considerar
que opere el plazo de veinte días como plazo mínimo obstativo a cumplir por la administración a fijar en las
bases de los procesos selectivos de personal laboral temporal. Esta reducción de plazos trae causa de la propia
naturaleza del proceso. Lo que hace el Estado es fijar las reglas básicas para el proceso de selección de
funcionarios de carrera o laboral fijo, pero no es posible su traslación inmutable a los procesos selectivos de
personal temporal ya que supondría contravenir la propia naturaleza del proceso con las notas de agilidad
como el propio legislador lo concibe.
Asimismo, las bases íntegras se publicarán igualmente en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://trujillo.sedelectronica.es] y en el Tablón de Anuncios.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del
proceso selectivo y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto
administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional
séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
QUINTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de 5 días
Ayuntamiento de Trujillo
Paseo Ruiz de Mendoza, 8, Trujillo. 10200 (Cáceres). Tfno. 927321050. Fax: 927659084
Cód.
Validación:
4C9MFYKEXQZ3REMXHDZMT7WWE
Verificación:
https://trujillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
2
de
7
CVE:
BOP-2025-2283
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de mayo de 2025
N.º 0087
Pág. 10692
TERCERO. Condiciones de Admisión de Aspirantes
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56
del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por
ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo
público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida,
en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida.
CUARTA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias
Las solicitudes (ANEXO I) requiriendo tomar parte en las correspondientes proceso de selección, en las que los
aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, para la plaza que
se opte se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento y se presentarán en el Registro Electrónico
General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de siete días
hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres.
En el caso de la contratación temporal, por la propia naturaleza el proceso –el artículo 11.3 del texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público habla del principio de celeridad- y el fin público
perseguido, lo que permite la reducción de los plazos de presentación de solicitudes sin que se pueda considerar
que opere el plazo de veinte días como plazo mínimo obstativo a cumplir por la administración a fijar en las
bases de los procesos selectivos de personal laboral temporal. Esta reducción de plazos trae causa de la propia
naturaleza del proceso. Lo que hace el Estado es fijar las reglas básicas para el proceso de selección de
funcionarios de carrera o laboral fijo, pero no es posible su traslación inmutable a los procesos selectivos de
personal temporal ya que supondría contravenir la propia naturaleza del proceso con las notas de agilidad
como el propio legislador lo concibe.
Asimismo, las bases íntegras se publicarán igualmente en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://trujillo.sedelectronica.es] y en el Tablón de Anuncios.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del
proceso selectivo y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto
administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional
séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
QUINTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de 5 días
Ayuntamiento de Trujillo
Paseo Ruiz de Mendoza, 8, Trujillo. 10200 (Cáceres). Tfno. 927321050. Fax: 927659084
Cód.
Validación:
4C9MFYKEXQZ3REMXHDZMT7WWE
Verificación:
https://trujillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
2
de
7
CVE:
BOP-2025-2283
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de mayo de 2025
N.º 0087
Pág. 10692