Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2321)
BOP-2025-2321 Bases Convocatoria Anual de Subvenciones para el desarrollo, fomento y promoción de competiciones y eventos deportivos 2025.
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Concejalía de Deporte
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Base 4-. Solicitudes, plazo y documentación.
Las Entidades o personas que reúnan los requisitos exigidos en las Bases
anteriores, deberán presentar sus solicitudes junto con la documentación requerida, dentro
de los siguientes plazos:
Primer periodo: En el plazo de 10 días hábiles a contar desde la fecha de la
publicación del extracto de la convocatoria por la Base de Datos Nacional de Subvenciones
en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, para las actividades desarrolladas o a
desarrollar dentro de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2025.
Segundo periodo: Del 1 al 15 del mes de Septiembre: Se solicitarán las
actividades desarrolladas o a desarrollar dentro de los meses de julio, agosto, septiembre,
octubre, noviembre y diciembre de 2025.
Cuando la duración de una actividad se desarrolle entre fechas de los dos periodos
de solicitudes, se solicitará teniéndose en cuenta la fecha de su finalización.
Las solicitudes de personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, se
presentarán obligatoriamente de forma telemática, a través de la Sede Electrónica del
Ayuntamiento (https://sede.caceres.es), conforme a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, salvo para aquellos sujetos no obligados por esta Ley que podrán presentar su
solicitud también por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de esta misma
Ley.
La solicitud de subvención se presentará en el modelo normalizado según anexo I
de estas bases.
Los modelos normalizados anexo I, anexo II, anexo III y anexo IV estarán a
disposición de todos los interesados en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cáceres
para su descarga, estos modelos serán de uso obligatorio de conformidad con el art. 66.6
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Todas las actividades deportivas por las que se solicita subvención, y que hayan
sido realizadas con anterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda, deberán
acompañar la cuenta justificativa por un importe mínimo de la ayuda solicitada.
CVE:
BOP-2025-2321
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de mayo de 2025
N.º 0089
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