Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera. (BOP-2025-2409)
BOP-2025-2409 Aprobación de las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de Peón de limpieza de edificios públicos como personal laboral fijo, por el sistema de oposición.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento [http://madrigaldelavera.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios, para mayor
difusión, se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación.
Al publicarse la lista provisional de admitidos y excluidos se advertirá que, trascurrido el plazo anterior
sin reclamaciones, quedará aquélla elevada a definitiva.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 20 días desde la finalización del plazo
para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las
alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación
definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://madrigaldelavera.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión. En esta
misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las
pruebas/el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección.
El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica del
Ayuntamiento [http://madrigaldelavera.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios, para mayor
difusión; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse
públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior con
doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de
veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.
Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
SEXTA. Tribunal Calificador
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y
hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no
podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse
ésta en representación o por cuenta de nadie.
El número de los miembros de los Tribunales nunca será inferior a cinco, asimismo, su composición
será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o
superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
La composición del tribunal calificador es la siguiente:
Cargo Identidad
Presidente Un Policía Local del Ayuntamiento
Suplente Un funcionario del Ayuntamiento
Vocal La Agente de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento
Suplente La Trabajadora Social del Ayuntamiento
Vocal Un funcionario de la Diputación de Cáceres
Suplente Un funcionario de la Diputación de Cáceres
Vocal Un funcionario de la Junta de Extremadura
Suplente Un funcionario de la Junta de Extremadura
Secretario El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.
Suplente Un auxiliar administrativo del Ayuntamiento
Cód.
Validación:
6Q96X34T9TZZHE9ER4N4Y4KYY
Verificación:
https://madrigaldelavera.sedelectronica.es/
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electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2025-2409
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en:
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Jueves, 15 de mayo de 2025
N.º 0091
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difusión, se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación.
Al publicarse la lista provisional de admitidos y excluidos se advertirá que, trascurrido el plazo anterior
sin reclamaciones, quedará aquélla elevada a definitiva.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 20 días desde la finalización del plazo
para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las
alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación
definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento
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pruebas/el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección.
El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica del
Ayuntamiento [http://madrigaldelavera.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios, para mayor
difusión; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse
públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior con
doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de
veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.
Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
SEXTA. Tribunal Calificador
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y
hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no
podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse
ésta en representación o por cuenta de nadie.
El número de los miembros de los Tribunales nunca será inferior a cinco, asimismo, su composición
será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o
superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
La composición del tribunal calificador es la siguiente:
Cargo Identidad
Presidente Un Policía Local del Ayuntamiento
Suplente Un funcionario del Ayuntamiento
Vocal La Agente de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento
Suplente La Trabajadora Social del Ayuntamiento
Vocal Un funcionario de la Diputación de Cáceres
Suplente Un funcionario de la Diputación de Cáceres
Vocal Un funcionario de la Junta de Extremadura
Suplente Un funcionario de la Junta de Extremadura
Secretario El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.
Suplente Un auxiliar administrativo del Ayuntamiento
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Validación:
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