Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Marta de Magasca. (BOP-2025-2413)
BOP-2025-2413 Bases de Selección de Personal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que se considere crucial la
experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las Administraciones
Públicas y más en concreto en el Ayuntamiento de Santa Marta de Magasca, siendo así que
los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber sido ésta, la que al haberse
prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento
de la doctrina del TJUE.
Solo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual denominación a la que se opta, los
servicios prestados como personal funcionario interino o como laboral temporal, cualquiera que
sea la modalidad del nombramiento interino/contratación temporal o situación equivalente de
temporalidad.
- Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante (AYUNTAMIENTO DE
SANTA MARTA DE MAGASCA), ocupando el puesto o puestos de trabajo correspondiente a la
plaza objeto de la convocatoria.
a) Servicios prestados a fecha de último día de la convocatoria se otorgará 1 puntos por
mes, hasta un máximo de 80 puntos.
b) Servicios prestados en cualquier Administración Pública en plazas de igual
denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de las plazas
convocadas, se otorgarán 0,50 puntos, hasta un máximo de 80 puntos.
8.3. OTROS MÉRITOS (20 puntos).
a) Formación (20 puntos máximo).
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, cuyo contenido esté
directamente relacionado con las funciones propias de los cuerpos, escalas o categoría
profesional a la que se opta que hayan sido convocados, impartidos u homologados por
el Instituto Nacional de Administración Pública, por Administración Públicas u
Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por Organizaciones Sindicales u
otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de
las Administraciones Públicas, Universidades y Colegios Profesionales.
Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por los/as agentes anteriores, con contenidos
transversales y complementarios que contribuyan al desarrollo personal y profesional
(igualdad de género, riesgos laborales, calidad, procedimientos administrativos,
aplicaciones de nuevas tecnologías, habilidades sociales, economía verde y circular,
CVE:
BOP-2025-2413
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de mayo de 2025
N.º 0091
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experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las Administraciones
Públicas y más en concreto en el Ayuntamiento de Santa Marta de Magasca, siendo así que
los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber sido ésta, la que al haberse
prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento
de la doctrina del TJUE.
Solo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual denominación a la que se opta, los
servicios prestados como personal funcionario interino o como laboral temporal, cualquiera que
sea la modalidad del nombramiento interino/contratación temporal o situación equivalente de
temporalidad.
- Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante (AYUNTAMIENTO DE
SANTA MARTA DE MAGASCA), ocupando el puesto o puestos de trabajo correspondiente a la
plaza objeto de la convocatoria.
a) Servicios prestados a fecha de último día de la convocatoria se otorgará 1 puntos por
mes, hasta un máximo de 80 puntos.
b) Servicios prestados en cualquier Administración Pública en plazas de igual
denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de las plazas
convocadas, se otorgarán 0,50 puntos, hasta un máximo de 80 puntos.
8.3. OTROS MÉRITOS (20 puntos).
a) Formación (20 puntos máximo).
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, cuyo contenido esté
directamente relacionado con las funciones propias de los cuerpos, escalas o categoría
profesional a la que se opta que hayan sido convocados, impartidos u homologados por
el Instituto Nacional de Administración Pública, por Administración Públicas u
Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por Organizaciones Sindicales u
otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de
las Administraciones Públicas, Universidades y Colegios Profesionales.
Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por los/as agentes anteriores, con contenidos
transversales y complementarios que contribuyan al desarrollo personal y profesional
(igualdad de género, riesgos laborales, calidad, procedimientos administrativos,
aplicaciones de nuevas tecnologías, habilidades sociales, economía verde y circular,
CVE:
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