Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2420)
BOP-2025-2420 Plan para adquisición de mobiliario y equipamiento de espacios públicos destinados a entidades locales municipales con núcleos de población dispersos y población inferior a veinte mil habitantes de la provincia de Cáceres, ejercicio 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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TERCERA.- VIGENCIA.
Las presentes normas regularán todo el procedimiento, que tienen vigencia durante el año
2025 y no podrán ser objeto de prórroga, ni expresa ni tácita.
CUARTA.- FINANCIACIÓN. COMPROMISOS DE LA ENTIDAD CONCEDENTE. SISTEMA DE
TRAMITACIÓN.
FINANCIACIÓN.
El importe total del Plan asciende a 200.000,71 €, destinándose a financiar cualquier gasto de
naturaleza de inversión que corresponda a adquisición de equipamiento o mobiliario, según la
estructura presupuestaria que incorpora la Orden EHA 3565/2008 por la que se aprueba la
estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales, modificada por la Orden
HAP/419/2014 de 14 de marzo y según lo estipulado en la norma Sexta.
Aplicación presupuestaria: 2025.02.9220.76200 por importe de 200.000,71 €.
La financiación por parte de la Diputación de Cáceres será del 100%.
La cantidad asignada a cada Entidad se ha determinado en función del criterio de población y
del número de núcleos de población dispersos con los que cuenta, de acuerdo con el
Nomenclátor disponible en la página web del Instituto Nacional de Estadística, realizada la
consulta a fecha 2 de mayo de 2025, siendo la distribución de los criterios la siguiente:
1) Por el conjunto total del número de habitantes del municipio residentes en las unidades
poblacionales singulares distintas del núcleo de población principal de la Entidad Local
incluidas en el anexo, de acuerdo con los siguientes tramos:
De 20 a 100 habitantes: 1 punto.
De 101 a 500 habitantes: 2 puntos.
De 501 a 1.000 habitantes: 3 puntos.
De 1.001 habitantes en adelante: 4 puntos.
2) Por cada unidad poblacional singular de más de veinte habitantes, distinta del núcleo de
población principal de la Entidad Local incluida en el anexo, 1 punto.
La cuantía asignada a cada municipio ha sido el resultado de multiplicar el total de puntos de
cada Entidad por el valor del punto obtenido aplicando la siguiente fórmula
Total Consignación Presupuestaria /Total de puntos Plan = Valor del punto.
CVE:
BOP-2025-2420
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
Pág. 11254
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TERCERA.- VIGENCIA.
Las presentes normas regularán todo el procedimiento, que tienen vigencia durante el año
2025 y no podrán ser objeto de prórroga, ni expresa ni tácita.
CUARTA.- FINANCIACIÓN. COMPROMISOS DE LA ENTIDAD CONCEDENTE. SISTEMA DE
TRAMITACIÓN.
FINANCIACIÓN.
El importe total del Plan asciende a 200.000,71 €, destinándose a financiar cualquier gasto de
naturaleza de inversión que corresponda a adquisición de equipamiento o mobiliario, según la
estructura presupuestaria que incorpora la Orden EHA 3565/2008 por la que se aprueba la
estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales, modificada por la Orden
HAP/419/2014 de 14 de marzo y según lo estipulado en la norma Sexta.
Aplicación presupuestaria: 2025.02.9220.76200 por importe de 200.000,71 €.
La financiación por parte de la Diputación de Cáceres será del 100%.
La cantidad asignada a cada Entidad se ha determinado en función del criterio de población y
del número de núcleos de población dispersos con los que cuenta, de acuerdo con el
Nomenclátor disponible en la página web del Instituto Nacional de Estadística, realizada la
consulta a fecha 2 de mayo de 2025, siendo la distribución de los criterios la siguiente:
1) Por el conjunto total del número de habitantes del municipio residentes en las unidades
poblacionales singulares distintas del núcleo de población principal de la Entidad Local
incluidas en el anexo, de acuerdo con los siguientes tramos:
De 20 a 100 habitantes: 1 punto.
De 101 a 500 habitantes: 2 puntos.
De 501 a 1.000 habitantes: 3 puntos.
De 1.001 habitantes en adelante: 4 puntos.
2) Por cada unidad poblacional singular de más de veinte habitantes, distinta del núcleo de
población principal de la Entidad Local incluida en el anexo, 1 punto.
La cuantía asignada a cada municipio ha sido el resultado de multiplicar el total de puntos de
cada Entidad por el valor del punto obtenido aplicando la siguiente fórmula
Total Consignación Presupuestaria /Total de puntos Plan = Valor del punto.
CVE:
BOP-2025-2420
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
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