Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2420)
BOP-2025-2420 Plan para adquisición de mobiliario y equipamiento de espacios públicos destinados a entidades locales municipales con núcleos de población dispersos y población inferior a veinte mil habitantes de la provincia de Cáceres, ejercicio 2025.
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b. Destinar los bienes subvencionados al fin concreto para el cual se conceda la
subvención durante un período mínimo de cinco años caso, aplicándoles las medidas
de reparación y conservación que sean necesarias para su correcto
uso/funcionamiento.
COMPETENCIA
El órgano competente para la concesión de las subvenciones correspondientes a este Plan de
ayudas es la Vicepresidenta Segunda de la Diputación Provincial de Cáceres que adoptará la
correspondiente resolución relativa a las Entidades Locales beneficiarias.
El órgano encargado de la puesta en marcha y tramitación del presente Plan de Ayudas será la
Unidad de Subvenciones adscrita al Área de Hacienda y Asistencia a Entidades Locales de la
Diputación Provincial.
SEGUNDA.- RÉGIMEN JURÍDICO.
Será de aplicación la Disposición Adicional 8ª de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones al presente de Plan para la adquisición de mobiliario y equipamiento de
espacios públicos destinados a Entidades Locales Municipales con núcleos de población
dispersos y población inferior a 20.000 hab, de la provincia de Cáceres, y se seguirá, para ello,
el sistema de concesión directa por convocatoria abierta.
Se ha considerado conveniente y oportuna la concesión de estas ayudas mediante el sistema
citado, teniendo en cuenta, por una parte que siendo beneficiarias todas las Entidades Locales
Municipales de la provincia con población inferior a los 20.000 habitantes que tienen, siempre
según la fuente oficial del INe, núcleos de población dispersos con 20 o más habitantes,
estando incluidas todas las Entidades que se encuentran en dicha situación, no ha lugar, por
tanto, competencia alguna entre ellas y, por otra, que la concesión y tramitación de estas
ayudas mediante otro tipo de convocatoria sólo supondría una menor eficacia en la gestión y
menor agilidad en la tramitación administrativas de las mismas, y puesto que existen claras
causas de interés público y a razones de índole social y económica, esto es el impulso del
desarrollo económico del territorio siendo necesario dotar de recursos a las Entidades
Municipales que han de atender núcleos de población dispersos que, por su número de
habitantes ya tienen unas necesidades reales que atender y dichas necesidades se pretender
atender con la mayor rapidez posible a fin de que los gastos de capital, reviertan en beneficio
del territorio y de los ciudadanos.
CVE:
BOP-2025-2420
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
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