Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2420)
BOP-2025-2420 Plan para adquisición de mobiliario y equipamiento de espacios públicos destinados a entidades locales municipales con núcleos de población dispersos y población inferior a veinte mil habitantes de la provincia de Cáceres, ejercicio 2025.
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La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es:
https://sede.dip-caceres.es.
El plazo para la presentación de la solicitud será de 1 mes a partir de la apertura de la sede
telemática, que tendrá lugar al día siguiente de la publicación del extracto de estas Normas
Reguladoras en el correspondiente Boletín Oficial de la Provincia. De no proceder a la
presentación de dicha solicitud en el plazo establecido se entenderá que la Entidad desiste de
su derecho a la percepción de la subvención que pudiera otorgársele.
Para poder acceder al trámite de presentación de solicitud, las entidades interesadas deberán
identificarse electrónicamente de forma segura en la sede de la Diputación Provincial de
Cáceres con alguno de los medios de identificación facilitados en la misma.
La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a
través de la sede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga
que recurrir a otros procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las
partes. Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en
la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente, mediante
alguno de los sistemas de firma electrónica basados en certificados para garantizar la
identificación de los solicitantes, y en su caso, la autenticidad e integridad de los documentos
electrónicos. Los formularios, las declaraciones responsables y los demás documentos
electrónicos a cumplimentar en las diferentes fases del procedimiento estarán disponibles en la
mencionada sede y deberán ser obligatoriamente utilizados cuando así proceda.
QUINTA.- COMPROMISOS A ASUMIR POR LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS.
Serán beneficiarias las Entidades locales de la provincia que, cumpliendo los requisitos
mencionados en la Norma Cuarta, han sido incorporadas a la distribución sustantiva del Plan.
Las Entidades Locales, incluidas en la relación, se comprometen a desarrollar las actuaciones
necesarias para la ejecución plena de la inversión subvencionada, descritas en la
documentación a aportar y cumplir las obligaciones contenidas en la Norma Primera.
Obligaciones y, además, deberán:
1º. Llevar a cabo la inversión para la que soliciten subvención, en los términos de la solicitud
presentada.
En el caso de que concurriesen circunstancias por las que fuera necesario modificar el objeto
subvencionado, una vez concedida la subvención, la Entidad deberá comunicar a través de la
CVE:
BOP-2025-2420
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
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