Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villa del Campo. (BOP-2025-2460)
BOP-2025-2460 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de los vertidos a la red municipal de alcantarillado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL
CAMPO
Plaza de España, 1. 10814 Villa del Campo (Cáceres)
927 44 81 77 FAX 927 44 82 88 C.I.F: P-1021100-A email: administracion@villadelcampo.es
La potestad sancionadora corresponderá a la Alcaldía del Ayuntamiento, la cual podrá
delegar tanto la imposición de multas como cualquier otra medida a adoptar.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Todas las industrias existentes con anterioridad a la aprobación de esta ordenanza,
deberán solicitar, en el plazo de 18 meses a partir de su entrada en vigor, permiso
para realizar sus vertidos a la red de alcantarillado, presentando una caracterización
del vertido a realizar recogiendo volúmenes y tipologías de los mismos.
El Ayuntamiento, entidad o empresa en quien delegue, podrá proponer un modelo
normalizado para dicha caracterización de vertido.
DISPOSICIÓN FINAL
El Ayuntamiento, determinará en la ordenanza fiscal correspondiente, el régimen
económico de la prestación del servicio de alcantarillado.
En Villa del Campo a fecha al margen, documento firmado digitalmente.
El Alcalde
Victor Manuel Hernández Martín
Cód.
Validación:
AWG2GW33WYM93YC3QKT7EWRM5
Verificación:
https://villadelcampo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
12
de
12
CVE:
BOP-2025-2460
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de mayo de 2025
N.º 0093
Pág. 11623
CAMPO
Plaza de España, 1. 10814 Villa del Campo (Cáceres)
927 44 81 77 FAX 927 44 82 88 C.I.F: P-1021100-A email: administracion@villadelcampo.es
La potestad sancionadora corresponderá a la Alcaldía del Ayuntamiento, la cual podrá
delegar tanto la imposición de multas como cualquier otra medida a adoptar.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Todas las industrias existentes con anterioridad a la aprobación de esta ordenanza,
deberán solicitar, en el plazo de 18 meses a partir de su entrada en vigor, permiso
para realizar sus vertidos a la red de alcantarillado, presentando una caracterización
del vertido a realizar recogiendo volúmenes y tipologías de los mismos.
El Ayuntamiento, entidad o empresa en quien delegue, podrá proponer un modelo
normalizado para dicha caracterización de vertido.
DISPOSICIÓN FINAL
El Ayuntamiento, determinará en la ordenanza fiscal correspondiente, el régimen
económico de la prestación del servicio de alcantarillado.
En Villa del Campo a fecha al margen, documento firmado digitalmente.
El Alcalde
Victor Manuel Hernández Martín
Cód.
Validación:
AWG2GW33WYM93YC3QKT7EWRM5
Verificación:
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Verificable
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Lunes, 19 de mayo de 2025
N.º 0093
Pág. 11623