Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Morcillo. (BOP-2025-2500)
BOP-2025-2500 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de terrazas de veladores.
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TÍTULO II: LICENCIAS
Artículo 16º. Solicitante.
Podrá solicitar la licencia el titular del establecimiento principal, siendo preceptivo que disponga
de la de apertura y funcionamiento del mismo.
Artículo 17º. Documentación y tramitación.
1. Las solicitudes de licencia que se presenten para la nueva instalación de una terraza o para
la modificación de una licencia ya concedida irán acompañadas de la siguiente documentación:
a) Fotocopia de la licencia de apertura y funcionamiento del establecimiento o referencia a su
expediente de concesión.
b) Plano de la situación de la terraza, superficie a ocupar, ancho de acera, frente de fachada,
distancia a las esquinas, elementos de mobiliario urbano existentes y elementos de mobiliario a
instalar, con expresión de su clase, número, dimensiones y colocación.
c) Documento acreditativo de hallarse al corriente en el pago de pólizas de seguros de
responsabilidad civil e incendios que se extiendan tanto al establecimiento principal como a los
posibles riesgos de igual naturaleza que pudieran derivarse del funcionamiento de la terraza.
2. En el caso de terrazas situadas en espacio libre privado se incluirá, además:
a) Acreditación de la propiedad o, título jurídico que habilite para la utilización privativa del
espacio
b) Indicación del uso del edificio propio y de los/as colindantes.
3. En el caso de que se hubiera obtenido autorización para terraza en ejercicios anteriores y se
pretendiera la renovación de la misma sin modificaciones, no será necesario aportar la
documentación anteriormente citada, sino que bastará con acreditar tal circunstancia en la
solicitud excepto los recibos de pago vigentes de los seguros a que se refiere el punto c) del
párrafo 1 de este artículo.
4. En el caso de instalación de estructuras ligeras y desmontables, se requerirá la solicitud y el
otorgamiento de la preceptiva licencia de obra menor, en cuyo caso se aportará la siguiente
documentación:
CVE:
BOP-2025-2500
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de mayo de 2025
N.º 0095
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Artículo 16º. Solicitante.
Podrá solicitar la licencia el titular del establecimiento principal, siendo preceptivo que disponga
de la de apertura y funcionamiento del mismo.
Artículo 17º. Documentación y tramitación.
1. Las solicitudes de licencia que se presenten para la nueva instalación de una terraza o para
la modificación de una licencia ya concedida irán acompañadas de la siguiente documentación:
a) Fotocopia de la licencia de apertura y funcionamiento del establecimiento o referencia a su
expediente de concesión.
b) Plano de la situación de la terraza, superficie a ocupar, ancho de acera, frente de fachada,
distancia a las esquinas, elementos de mobiliario urbano existentes y elementos de mobiliario a
instalar, con expresión de su clase, número, dimensiones y colocación.
c) Documento acreditativo de hallarse al corriente en el pago de pólizas de seguros de
responsabilidad civil e incendios que se extiendan tanto al establecimiento principal como a los
posibles riesgos de igual naturaleza que pudieran derivarse del funcionamiento de la terraza.
2. En el caso de terrazas situadas en espacio libre privado se incluirá, además:
a) Acreditación de la propiedad o, título jurídico que habilite para la utilización privativa del
espacio
b) Indicación del uso del edificio propio y de los/as colindantes.
3. En el caso de que se hubiera obtenido autorización para terraza en ejercicios anteriores y se
pretendiera la renovación de la misma sin modificaciones, no será necesario aportar la
documentación anteriormente citada, sino que bastará con acreditar tal circunstancia en la
solicitud excepto los recibos de pago vigentes de los seguros a que se refiere el punto c) del
párrafo 1 de este artículo.
4. En el caso de instalación de estructuras ligeras y desmontables, se requerirá la solicitud y el
otorgamiento de la preceptiva licencia de obra menor, en cuyo caso se aportará la siguiente
documentación:
CVE:
BOP-2025-2500
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de mayo de 2025
N.º 0095
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