Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2025-2513)
BOP-2025-2513 Aprobación definitiva Reglamento de la Escuela Municipal de Música de Alcántara.
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c) No deberán interferir en la labor del profesorado, respetando las normas relativas,
tanto al acceso a las instalaciones como al mantenimiento del orden del centro.
d) Deben respetar el Proyecto Educativo y la normas que rigen el Centro.
TÍTULO VII. DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y
SERVICIOS.
ARTÍCULO 19. DERECHOS.
Además de los establecidos por parte del Ayuntamiento en cuestiones laborales, tendrán
derecho:
a) A recibir un trato justo y respetuoso de los demás miembros de la comunidad
educativa.
b) A participar en la vida del centro con arreglo a la legislación vigente.
c) A presentar ante la dirección del centro cuantas iniciativas y sugerencias, así como
reclamaciones, estimen oportunas.
ARTÍCULO 20. DEBERES.
Además de los deberes que se deriven de su relación laboral con el Ayuntamiento, deberán:
a) Colaborar en la mejora de los servicios del centro.
b) Contribuir al mantenimiento del centro en cuantos trabajos estén dentro de sus
atribuciones.
c) Colaborar con el profesorado en tareas propias de su puesto, siempre que sea
solicitado por el mismo.
d) Participar en el mantenimiento del orden según las directrices marcadas por el
Reglamento.
CVE:
BOP-2025-2513
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
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