Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Millán. (BOP-2025-2518)
BOP-2025-2518 Normas Reguladoras que han de regir la Concesión de Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias 2025.
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Ayuntamiento de Casas de Millán
Se prevé la no publicación de las ayudas concedidas al amparo de esta convocatoria,
de conformidad con lo establecido en el artículo 2.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, en relación con la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección
Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, así como el
artículo 1.1. de la Directiva 95/46/CE, en cuanto al tratamiento de datos de carácter personal,
al ser los destinatarios de las mismas personas o familias en situación de vulnerabilidad,
determinada ésta por la falta o insuficiencia de recursos económicos para hacer frente a los
suministros energéticos básicos relativos a su vivienda habitual.
DECIMOSÉPTIMA. – SUPLETORIEDAD.
En todo lo no regulado en la presente Convocatoria, será de aplicación supletoria lo
establecido en el Decreto 110/2021 de 22 de septiembre de la Consejería de Sanidad y
Servicios Sociales y la resolución de 20 de octubre de 2021 del Viceconsejero segundo por el
que se aprueba el programa de colaboración económica municipal para dichas ayudas
extraordinarias, por el que se establecen las condiciones objetivas y homogéneas de acceso a
las ayudas extraordinarias de apoyo social para las contingencias en la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
IGUALDAD DE GÉNERO. Todos los preceptos de estas Bases que utilizan la forma del masculino
genérico se entenderán aplicables a personas de ambos sexos.
En Casas de Millán a fecha de firma electrónica
El Alcalde
Fdo.: Mario Cerro Fernández
Cód.
Validación:
GLDFZXJFEL6AGFX9PEF44N56H
Verificación:
https://casasdemillan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2025-2518
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
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