Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2025-3022)
BOP-2025-3022 Aprobación definitiva de las bases reguladoras ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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c) Solicitar con carácter previo cualesquiera otros recursos, prestaciones,
subvenciones o ayudas a las que pudiera tener derecho la persona
solicitante o las restantes personas integrantes de la unidad de convivencia.
d) Destinar la totalidad de la ayuda a la finalidad para la que fue concedida.
e) Justificar debidamente los pagos realizados (originales o copias de las
facturas en las que se incluirán los datos básicos de la persona física y
jurídica emisora, incluido el NIF o DNI/NIE, el detalle de los conceptos de
gasto y la cuantía correspondiente de los mismos y, en su caso, la parte
correspondiente del IVA). La factura deberá contener el sello o cualquier
signo distintivo acreditativo del pago.
UNDÉCIMO.- SUBROGACIÓN.
En el caso de que la persona solicitante abandonase el domicilio familiar, y así
conste en informe social, o bien falleciese durante el período en que se esté
tramitando la ayuda, cualquier persona integrante de la unidad familia podrá
subrogarse en su posición y, por tanto, se aceptará como válida la fecha de
presentación de la solicitud originaria, siempre que en el plazo de 1 mes, a contar
desde el día siguiente al fallecimiento o abandono, la nueva persona solicitante lo
ponga en conocimiento del órgano gestor y aporte la documentación que acredite
que también reúne los requisitos para ser beneficiaria de la ayuda.
DUODÉCIMO.- DOCUMENTACIÓN.
Junto con la solicitud de las ayudas se adjuntará la siguiente documentación:
El Documento Nacional de Identidad o el pasaporte.
En su caso, certificado de persona emigrante extremeña retornada.
En caso de personas transeúntes, deberá aportarse certificado de la
dirección del centro en que resida o esté siendo atendido/a acreditativo de la
fechas de ingreso, así como si convive o no con algún familiar, indicando el
parentesco,
Certificado actualizado de empadronamiento colectivo en el que figure la
antigüedad de inscripción en el Padrón Municipal de la persona solicitante.
No se admitirán aquellos que hayan sido emitidos con una antelación
superior al mes de la fecha de presentación de la solicitud.
Cód.
Validación:
7TH5RRFX6MEFK25MKEAJKCRZ2
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
13
de
31
CVE:
BOP-2025-3022
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de junio de 2025
N.º 0111
Pág. 14163
subvenciones o ayudas a las que pudiera tener derecho la persona
solicitante o las restantes personas integrantes de la unidad de convivencia.
d) Destinar la totalidad de la ayuda a la finalidad para la que fue concedida.
e) Justificar debidamente los pagos realizados (originales o copias de las
facturas en las que se incluirán los datos básicos de la persona física y
jurídica emisora, incluido el NIF o DNI/NIE, el detalle de los conceptos de
gasto y la cuantía correspondiente de los mismos y, en su caso, la parte
correspondiente del IVA). La factura deberá contener el sello o cualquier
signo distintivo acreditativo del pago.
UNDÉCIMO.- SUBROGACIÓN.
En el caso de que la persona solicitante abandonase el domicilio familiar, y así
conste en informe social, o bien falleciese durante el período en que se esté
tramitando la ayuda, cualquier persona integrante de la unidad familia podrá
subrogarse en su posición y, por tanto, se aceptará como válida la fecha de
presentación de la solicitud originaria, siempre que en el plazo de 1 mes, a contar
desde el día siguiente al fallecimiento o abandono, la nueva persona solicitante lo
ponga en conocimiento del órgano gestor y aporte la documentación que acredite
que también reúne los requisitos para ser beneficiaria de la ayuda.
DUODÉCIMO.- DOCUMENTACIÓN.
Junto con la solicitud de las ayudas se adjuntará la siguiente documentación:
El Documento Nacional de Identidad o el pasaporte.
En su caso, certificado de persona emigrante extremeña retornada.
En caso de personas transeúntes, deberá aportarse certificado de la
dirección del centro en que resida o esté siendo atendido/a acreditativo de la
fechas de ingreso, así como si convive o no con algún familiar, indicando el
parentesco,
Certificado actualizado de empadronamiento colectivo en el que figure la
antigüedad de inscripción en el Padrón Municipal de la persona solicitante.
No se admitirán aquellos que hayan sido emitidos con una antelación
superior al mes de la fecha de presentación de la solicitud.
Cód.
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7TH5RRFX6MEFK25MKEAJKCRZ2
Verificación:
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Documento
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