Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2025-3022)
BOP-2025-3022 Aprobación definitiva de las bases reguladoras ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias 2025.
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como otros sustitutivos de aquellos, computándose por su importe líquido o neto, a
excepción de los no computables.
2. Están exentas de cómputo las cantidades económicas procedentes de las
siguientes ayudas o prestaciones:
a) La prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de
asistencia personal, establecidas en los artículos 17 y 19 de la Ley 39/2006,
de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a
las personas en situación e dependencia.
b) La prestación familiar por hijo/a o menor a cargo, menor de 18 años o mayor
de dicha edad y que esté afectado por una discapacidad en grado igual o
superior al 65% de discapacidad.
c) Las becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las
Administraciones públicas.
d) Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la
Comunidad Autónoma de Extremadura y las ayudas públicas para suplir
gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se obtengan por la
asistencia a acciones de formación ocupacional.
e) Las retribuciones económicas por acogimiento familiar de menores
pertenecientes al sistema de protección.
f) Las prestaciones y ayudas económicas por nacimiento o adopción de
hijos/as.
3. Para la determinación de los ingresos o rentas de la unidad familiar se tendrán
en cuenta las siguientes reglas de cálculo, sin que sean compensables los gastos,
pérdidas o rendimientos negativos con las ganancias o rendimientos positivos:
a) Rendimientos de trabajo por cuenta propia o ajena, prestaciones y
pensiones reconocidas por cualquiera de los regímenes de previsión social,
financiados con cargo a recursos públicos o privados.
 Trabajadores/as por cuenta ajena: Se computarán todos los
rendimientos netos obtenidos, tanto dinerarios como en especie,
incluidas las pagas extraordinarias, de beneficios o similares,
prorrateadas por los meses de devengo.
Los ingresos que se realicen en un solo pago se prorratearan por los
meses que, en cada caso, corresponda.
Cód.
Validación:
7TH5RRFX6MEFK25MKEAJKCRZ2
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2025-3022
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de junio de 2025
N.º 0111
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