Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabañas del Castillo. (BOP-2025-3039)
BOP-2025-3039 Ayudas para el Fomento de la Natalidad en el Municipio durante el presente año 2025.
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Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
para su anotación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, conforme a lo exigido por
el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El Ayuntamiento de Cabañas del Castillo puede divulgar la concesión de las ayudas y
utilizar la imagen gráfica de los /las beneficiarios que sean mayores de edad en las campañas
de comunicación y difusión de las ayudas.
DECIMOSEXTA. Protección de Datos de carácter personal
El Ayuntamiento de Cabañas del Castillo, en cumplimiento del Reglamento General de Protección de
Datos, informa que los datos personales de los /las beneficiarios podrán ser objeto de tratamiento automatizado e
incorporados al Sistema de Información del Ayuntamiento.
El uso de dichos datos se restringirá exclusivamente a la gestión municipal pudiendo procederse a su
cesión o comunicación a otras administraciones públicas.
Las personas interesadas podrán ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición
a través del servicio de información y registro del Ayuntamiento.
DÉCIMOSEPTIMA. Infracciones y Sanciones
Se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, en
el Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de
17 de Noviembre, General de Subvenciones y en las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la
Corporación para 2025.
DECIMOCTAVA. Régimen Jurídico
Para lo no previsto en las presentes Bases se estará a lo dispuesto en las normas contenidas en
la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y en el Reglamento de desarrollo de
dicha Ley aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio y otras disposiciones de desarrollo, y en
las demás normas de Derecho Administrativo que le sean aplicables, así como otras normas de
derecho privado de aplicación subsidiaria; junto a toda esa normativa se aplicarán igualmente Ley
7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/86,
de 18 de Abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones vigentes en materia de
Régimen Local y el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
DECIMONOVENA. Recursos.
Contra las presentes Bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de la
actuación del Jurado, que pongan fin a la vía administrativa, se podrá interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o, a
su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de Julio, de la Jurisdicción Contenciosos-Administrativa. Si se optara por
Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
C/ El Enrollao s/n, Roturas de Cabañas. 10373 (Cáceres). Tfno. 927151205. Fax: 927151224
Cód.
Validación:
AZK79D4CAGE4YQXSRMDLCL72Y
Verificación:
https://cabanasdelcastillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2025-3039
Verificable
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Lunes, 16 de junio de 2025
N.º 0112
Pág. 14231
para su anotación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, conforme a lo exigido por
el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El Ayuntamiento de Cabañas del Castillo puede divulgar la concesión de las ayudas y
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El Ayuntamiento de Cabañas del Castillo, en cumplimiento del Reglamento General de Protección de
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El uso de dichos datos se restringirá exclusivamente a la gestión municipal pudiendo procederse a su
cesión o comunicación a otras administraciones públicas.
Las personas interesadas podrán ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición
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DÉCIMOSEPTIMA. Infracciones y Sanciones
Se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, en
el Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de
17 de Noviembre, General de Subvenciones y en las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la
Corporación para 2025.
DECIMOCTAVA. Régimen Jurídico
Para lo no previsto en las presentes Bases se estará a lo dispuesto en las normas contenidas en
la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y en el Reglamento de desarrollo de
dicha Ley aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio y otras disposiciones de desarrollo, y en
las demás normas de Derecho Administrativo que le sean aplicables, así como otras normas de
derecho privado de aplicación subsidiaria; junto a toda esa normativa se aplicarán igualmente Ley
7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/86,
de 18 de Abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones vigentes en materia de
Régimen Local y el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
DECIMONOVENA. Recursos.
Contra las presentes Bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de la
actuación del Jurado, que pongan fin a la vía administrativa, se podrá interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o, a
su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de Julio, de la Jurisdicción Contenciosos-Administrativa. Si se optara por
Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
C/ El Enrollao s/n, Roturas de Cabañas. 10373 (Cáceres). Tfno. 927151205. Fax: 927151224
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Lunes, 16 de junio de 2025
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Pág. 14231