Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabañas del Castillo. (BOP-2025-3039)
BOP-2025-3039 Ayudas para el Fomento de la Natalidad en el Municipio durante el presente año 2025.
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Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
DUODÉCIMA. Compatibilidad de las ayudas
Estas ayudas serán compatibles con otras subvenciones y ayudas, que, para las mismas
finalidades, hayan sido concedidas o se concedan por cualesquiera administraciones públicas
o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales,
salvo cuando se trate de la misma categoría de gasto, en cuyo caso existirá causa de
incompatibilidad y las ayudas no podrán acumularse.
DECIMOTERCERA. Obligaciones de los /las beneficiarios /as
Son obligaciones de los /las beneficiarios /as, las siguientes:
+ Realizar las actividades que fundamenten el otorgamiento de las ayudas
+ Someterse a las actuaciones de comprobación que correspondan en relación a las
ayudas concedidas.
+ Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras ayudas para la financiación de las
actividades subvencionadas, así como cualquier alteración de las condiciones tenidas en
cuenta para el otorgamiento de las mismas.
DECIMOCUARTA. Justificación y pago
Estas ayudas tienen carácter prepagable, procediendo el Ayuntamiento de Cabañas del
Castillo al pago de las mismas una vez se produzca su concesión definitiva, y con anterioridad
a la presentación de la correspondiente justificación
Cada beneficiario /a, para poder justificar las ayudas, deberá presentar una cuenta
justificativa de conformidad con el modelo que se adjunta como ANEXO III, en que se
relacionen una por una las facturas, explicación e importe, así como el establecimiento
comercial donde se efectuó dicho gasto. Así mismo deberá adjuntar a dicho anexo las facturas
originales de las compras efectuadas junto con el justificante bancario del pago de las mismas.
El pago se realizará, en función de las disponibilidades de tesorería, a lo largo del
ejercicio presupuestario en que se produzca la concesión de la subvención, en la cuenta
corriente que el /la beneficiario /a haya indicado en el modelo de Alta a terceros o
certificación bancaria presentado junto con la solicitud.
DECIMOQUINTA. Publicidad.
De las ayudas que se concedan se publicará un extracto en el Tablón de edictos, en la
sede electrónica municipal y en el portal de transparencia del Ayuntamiento, que habrá de
contener expresión de la convocatoria, beneficiarios, objeto de la actividad económica y
cuantía de las ayudas.
Además, el Ayuntamiento remitirá a la Intervención General de la Administración del
Estado la información requerida sobre esta convocatoria y las subvenciones concedidas en el
marco de la misma
Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
C/ El Enrollao s/n, Roturas de Cabañas. 10373 (Cáceres). Tfno. 927151205. Fax: 927151224
Cód.
Validación:
AZK79D4CAGE4YQXSRMDLCL72Y
Verificación:
https://cabanasdelcastillo.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
desde
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BOP-2025-3039
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Lunes, 16 de junio de 2025
N.º 0112
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