Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabañas del Castillo. (BOP-2025-3040)
BOP-2025-3040 Ayuda adquisición material y extraescolar curso 2025-2026.
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Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
IX.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
9.1 A las solicitudes deberá acompañarse la siguiente documentación, originales o fotocopias
compulsadas:
a) Documento Nacional de Identidad del /de la solicitante
b) Libro de Familia, si procediera
c) Datos bancarios del /de la solicitante.
d) Declaración responsable de que en el /la solicitante no concurre ninguna de las
circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas,
establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (ANEXO II)
e) Declaración jurada, en su caso, de las ayudas percibidas para el estudio por otras
Administraciones Públicas y por cualquiera de los conceptos (ANEXO II)
f) Justificantes de los gastos realizados objeto de las ayudas. Se admitirá como justificante
factura debidamente cumplimentada donde su concepto identifique CON CLARIDAD el
tipo de material escolar complementario adquirido o el material fungible que se considere
necesario para el desarrollo de los estudios. No basta con que la factura recoja el concepto
“material escolar”. Se debe identificar claramente el material que se adquiere. Este
requisito es fundamental e indispensable para la concesión de la ayuda y no serán
admitidas aquellas facturas que no identifiquen claramente este concepto. Solo se
admitirán facturas fechadas desde el día de publicación de la convocatoria de las ayudas
hasta el dia 30 de Noviembre de 2025.
g) Documento acreditativo de estar matriculado para el Curso Escolar 2025 /2026 en
cualquiera de las Unidades Escolares del CRA Las Villuercas en Roturas de Cabañas.
h) Declaración jurada del /de la solicitante y/o del /de la beneficiario /a de que la ayuda que
se concede por este Ayuntamiento se destinará al fin previsto (ANEXO II)
i) Declaración jurada del /de la solicitante y /o del /de la beneficiario /a de que se encuentra
al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
(ANEXO II)
j) Certificación acreditativa de que el / la solicitante o el /la beneficiario /a se encuentran al
corriente en sus obligaciones fiscales con la Hacienda Local. (Ayuntamiento de
CABAÑAS DEL CASTILLO).
9.2 A la presentación de las Facturas justificativas: Declaración jurada del / de la solicitante
de que las facturas y justificantes de gastos que aporta, se corresponden con gastos efectivamente
realizados y directamente relacionados con aquellas y Cuenta Justificativa de gastos (ANEXO III)
X.- SUBSANACIÓN DEFECTOS
A aquellos /as solicitantes cuya solicitud o documentación que debe ser presentada no esté
completa o tuviera algún defecto, se les requerirá para que en el plazo de 10 días lo subsanen,
advirtiéndoles que en caso contrario será archivada su solicitud, sin mas trámite, todo ello de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 68.1, de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
XI.- JURADO
Para la valoración y selección de las solicitudes, así como para su seguimiento se
constituirá un Jurado que estará integrado por:
Presidente: D. Jesús Fernández Hormeño, Alcalde -Presidente del Ayuntamiento o el Juez
Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
C/ El Enrollao s/n, Roturas de Cabañas. 10373 (Cáceres). Tfno. 927151205. Fax: 927151224
Cód.
Validación:
FHJFQKXHSZFHYA49AXMH4F3XA
Verificación:
https://cabanasdelcastillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2025-3040
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de junio de 2025
N.º 0112
Pág. 14241
IX.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
9.1 A las solicitudes deberá acompañarse la siguiente documentación, originales o fotocopias
compulsadas:
a) Documento Nacional de Identidad del /de la solicitante
b) Libro de Familia, si procediera
c) Datos bancarios del /de la solicitante.
d) Declaración responsable de que en el /la solicitante no concurre ninguna de las
circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas,
establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (ANEXO II)
e) Declaración jurada, en su caso, de las ayudas percibidas para el estudio por otras
Administraciones Públicas y por cualquiera de los conceptos (ANEXO II)
f) Justificantes de los gastos realizados objeto de las ayudas. Se admitirá como justificante
factura debidamente cumplimentada donde su concepto identifique CON CLARIDAD el
tipo de material escolar complementario adquirido o el material fungible que se considere
necesario para el desarrollo de los estudios. No basta con que la factura recoja el concepto
“material escolar”. Se debe identificar claramente el material que se adquiere. Este
requisito es fundamental e indispensable para la concesión de la ayuda y no serán
admitidas aquellas facturas que no identifiquen claramente este concepto. Solo se
admitirán facturas fechadas desde el día de publicación de la convocatoria de las ayudas
hasta el dia 30 de Noviembre de 2025.
g) Documento acreditativo de estar matriculado para el Curso Escolar 2025 /2026 en
cualquiera de las Unidades Escolares del CRA Las Villuercas en Roturas de Cabañas.
h) Declaración jurada del /de la solicitante y/o del /de la beneficiario /a de que la ayuda que
se concede por este Ayuntamiento se destinará al fin previsto (ANEXO II)
i) Declaración jurada del /de la solicitante y /o del /de la beneficiario /a de que se encuentra
al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
(ANEXO II)
j) Certificación acreditativa de que el / la solicitante o el /la beneficiario /a se encuentran al
corriente en sus obligaciones fiscales con la Hacienda Local. (Ayuntamiento de
CABAÑAS DEL CASTILLO).
9.2 A la presentación de las Facturas justificativas: Declaración jurada del / de la solicitante
de que las facturas y justificantes de gastos que aporta, se corresponden con gastos efectivamente
realizados y directamente relacionados con aquellas y Cuenta Justificativa de gastos (ANEXO III)
X.- SUBSANACIÓN DEFECTOS
A aquellos /as solicitantes cuya solicitud o documentación que debe ser presentada no esté
completa o tuviera algún defecto, se les requerirá para que en el plazo de 10 días lo subsanen,
advirtiéndoles que en caso contrario será archivada su solicitud, sin mas trámite, todo ello de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 68.1, de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
XI.- JURADO
Para la valoración y selección de las solicitudes, así como para su seguimiento se
constituirá un Jurado que estará integrado por:
Presidente: D. Jesús Fernández Hormeño, Alcalde -Presidente del Ayuntamiento o el Juez
Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
C/ El Enrollao s/n, Roturas de Cabañas. 10373 (Cáceres). Tfno. 927151205. Fax: 927151224
Cód.
Validación:
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Verificación:
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Lunes, 16 de junio de 2025
N.º 0112
Pág. 14241