Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera. (BOP-2025-3044)
BOP-2025-3044 Aprobación definitiva de la Carrera Profesional Horizontal.
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 Formación reglada.
Las actividades formativas regladas susceptibles de valoración serán:
Títulos académicos oficiales y másteres universitarios.
Serán objeto de valoración los títulos académicos distintos a los exigidos para el acceso y/o desempeño del puesto
de trabajo de cada empleado público.
No se valorarán aquellos títulos académicos que sean imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
Serán objeto de valoración los títulos académicos oficiales impartidos por las universidades y centros formativos
tanto públicos como privados, siempre que guarden relación con la acción de la Administración Pública en el
ejercicio de sus competencias, y no sean exigidos para el acceso y/o desempeño de puesto.
Idiomas.
Serán objeto de valoración los títulos oficiales de idiomas, niveles B1, B2, C1 y C2, en cualquiera de
los idiomas cuya impartición por parte de las Escuelas Oficiales Idiomas haya sido autorizada por la Consejería
con competencias en materia de educación de la Junta de Extremadura, así como otros títulos oficiales
expedidos por University of Cambridge, Trinity College London, IELTS (International English
LanguageTestingSystem), TOEFL (iBT) (Test of English as a ForeignLanguage), y TOEIC 4 Skills (Test of English
for International Communication) o similares.
La acreditación de la formación reglada alegada se realizará por la persona interesada aportando certificado
de la Escuela Oficial de Idiomas o titulaciones homólogas, así como mediante la aportación de los documentos
oficiales expedidos por las entidades o instituciones correspondientes.
Se valorará la formación reglada conforme a la puntuación fijada en el siguiente cuadro:
TÍTULOS ACADÉMICOS
OFICIALES
Doctor/ Máster Oficial 50 puntos/título
Grado o equivalente 40 puntos/título
Ciclo Formativo de Grado Superior o equivalente 30 puntos/título
Ciclo Formativo Grado Medio o equivalente 20 puntos/título
IDIOMAS
Certificación del nivel B1 15puntos/idioma
Certificación del nivel B2 30puntos/idioma
Certificación del nivel C1 40 puntos/idioma
Certificación del nivel C2 50puntos/idioma
CVE:
BOP-2025-3044
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de junio de 2025
N.º 0112
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