Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de San Martín de Trevejo. (BOP-2025-3125)
BOP-2025-3125 Aprobación definitiva Reglamento Gimnasio Municipal.
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Utilización racional y ordenada del gimnasio, garantizando a los ciudadanos en
igualdad de condiciones, al acceso a las instalaciones.
Aprovechamiento integral de los recursos disponibles.
Coordinación de esfuerzos y actividades.
Fácil control de las actividades.
ARTÍCULO 3.- En cualquier actividad que se desarrolle en el gimnasio, el Ayuntamiento
ejercerá la necesaria intervención administrativa, el control, la vigilancia y cuantas funciones
impliquen ejercicio de autoridad y sean de su competencia.
ARTÍCULO 4.- El Ayuntamiento no se hace responsable de las pérdidas, sustracciones o
deterioros de los objetos y enseres privados dentro del recinto. Se recomienda no llevar objetos
de valor.
ARTÍCULO 5.- Los/as usuarios/as tienen derecho a utilizar el gimnasio conforme a su
naturaleza, las actividades autorizadas y las de esta normativa que reglamenta su uso.
ARTÍCULO 6.- Cualquier usuario/a tiene derecho a formular las reclamaciones y sugerencias
que estimen oportunas, mediante la presentación de las mismas por escrito dirigido a la
Alcaldía.
CAPÍTULO II: NORMAS DE GESTIÓN
ARTÍCULO 7.- El pago de las tasas se realizará por los/as interesados/as, conforme a lo
establecido en la Ordenanza Fiscal, con antelación a la fecha establecida para el comienzo de
la utilización.
CAPÍTULO III : RÉGIMEN DE UTILIZACIÓN DEL GIMNASIO
ARTÍCULO 8.- El gimnasio se regirá por las siguientes normas:
1.º) Para poder acceder al gimnasio, el/a usuario/a debe encontrarse al corriente en el pago de
la tasa correspondiente.
2.º) Por higiene será obligatorio el uso de toalla que se colocará sobre las máquinas antes de
utilizarlas, además, después de cada ejercicio el usuario limpiará bien la máquina utilizada.
3.º) Después de usar el material se dejará en su sitio de manera ordenada.
4.º) Con carácter general, los/as menores de 12 años deberán acceder a las instalaciones
deportivas acompañados/as, en todo momento de persona mayor de edad que se
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BOP-2025-3125
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de junio de 2025
N.º 0115
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