Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mata de Alcántara. (BOP-2025-3152)
BOP-2025-3152 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Reguladora de la concesión de ayuda de apoyo a las familias (natalidad)
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Mata de Alcántara
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Reguladora
de la concesión de ayuda de apoyo a las familias (natalidad)
Acuerdo del Pleno de fecha 31 de marzo de 2025 de la Entidad de Mata de Alcántara por el
que se aprueba definitivamente la Modificación de la Ordenanza reguladora de la concesión de
ayuda de apoyo a la familia (natalidad)
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de Modificación de la
Ordenanza reguladora de la concesión de ayuda de apoyo a la familia (natalidad), cuyo texto
íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
MODIFICACION ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE AYUDA DE APOYO
A LA FAMILIA (NATALIDAD)
Artículo 1. Fundamento y naturaleza.
El fuerte descenso de la población en este Munici-pio, la necesidad de buscar fórmulas que
ayuden a la permanencia de los vecinos en sus lugares de origen, así como la conveniencia de
diseñar medidas de apoyo a la familia que puedan propiciar nuevos asen-tamientos, son las
razones que fundamentan la elabo-ración de la presente ordenanza.
La previsión normativa incluida en el artículo 2º de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, habilita a los Municipios para interve-nir en cuantos asuntos afecten
directamente al círculo de sus intereses, atribuyéndoles competencias sufi-cientes para poder
establecer y regular estas activida-des de conformidad con los principios de descentralización y
de máxima proximidad a los ciudadanos.
El artículo 11º de la Ley citada, determina como elementos esenciales del Municipio, además
del territorio sobre el que el Ayuntamiento ejerce sus competencias, la población y la
organización. La población, por tanto, dará contenido y legitimará la propia existencia del
CVE:
BOP-2025-3152
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de junio de 2025
N.º 0116
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