Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Gordo. (BOP-2025-3313)
BOP-2025-3313 Pliego de Cláusulas para arrendamiento Dehesa Boyal.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
A Y U N T A M I E N T O
D E
EL GORDO
Expt. 2025/0069
Plaza de la Constitución, 1  10392 El Gordo (Cáceres)  Telf: 927 78 07 00  email: ayuntamiento@aytoelgordo.es
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 9 de
la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato del arrendamiento tendrá lugar mediante concurso público,
en el que cualquier interesado podrá presentar una oferta.
La adjudicación del contrato se realizará utilizando un único criterio de valoración, cual es la
oferta económica más ventajosa mejorable al alza.
CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su
actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este
Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las
especificaciones que se regulan en la página web siguiente:
https://elgordo.sedelectronica.es.
CLÁUSULA CUARTA. Presupuesto Base de Licitación
El presupuesto base de licitación asciende a la cuantía de 77.269,24 € anuales (setenta y
siete mil doscientos sesenta y nueve con veinticuatro euros), cantidad determinada por el
valor medio del mercado, según valoración realizada por los Servicios Técnicos Municipales, que
podrá ser mejorada al alza por los licitadores.
La renta será actualizada cada año de vigencia del contrato de acuerdo con la variación anual
del Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo.
El presupuesto base de licitación está calculado de conformidad con lo establecido en el art. 92.2
del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de
las Entidades Locales, el cual establece que: “En todo caso, el usuario habrá de satisfacer un
canon no inferior al 6 por 100 del valor en venta de los bienes.”
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato
La duración del contrato de arrendamiento se fija en 4 años contados a partir del 1 de
septiembre de 2025 y hasta el 31 de agosto de 2029.
De conformidad con lo establecido en el art. 107.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de las
Administraciones Públicas, podrá prorrogarse por un plazo que no podrá exceder de la
mitad del inicial, si el resultado de la explotación hiciera aconsejable esta medida.
Queda prohibido subarriendo total o parcial de las parcelas.
Cód.
Validación:
4JAEJGGKMFSH6DXGMZ7LKJNGS
Verificación:
https://elgordo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
2
de
11
CVE:
BOP-2025-3313
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de junio de 2025
N.º 0122
Pág. 15406