Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Comarca de Trujillo. (BOP-2025-3347)
BOP-2025-3347 Bases reguladoras para la convocatoria de ayudas económicas del programa de colaboración económica municipal del servicio respiro familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales.
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Mancomunidad Comarca de Trujillo
podrá interponerse, recurso de reposición, potestativo, en el plazo de un mes, ante la
Presidencia de la mancomunidad o directamente, recurso contencioso administrativo
ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cáceres en el plazo de dos meses, a
contar, en uno y otro caso, a partir del día siguiente a su notificación.
9. - OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS Y REINTEGROS
Los beneficiarios del Servicio Respiro Familiar estarán obligados a:
a) Destinar la totalidad de la ayuda a la finalidad para la que fue concedida.
b) Justificar la realización del gasto que motiva la concesión de la prestación
económica.
c) Reintegrar el importe de las cantidades indebidamente percibidas o no
aplicadas al fin que motivó su concesión.
d) Permitir y facilitar la actuación de los Servicios Sociales de Atención Social
Básica para comprobar el cumplimiento de los requisitos para ser persona
beneficiaria del programa, aportando cuanta información y documentación les
sea requerida.
e) Otra causa de reintegro será cualquier conducta fraudulenta u omisiva que
diera lugar a la concesión indebida de la prestación.
f) Comunicar, en el plazo máximo de 10 días hábiles desde que se produzcan, los
cambios en las circunstancias de cualquier tipo que pudieran causar la
denegación del servicio concedido.
g) Las personas beneficiarias de las ayudas del Programa de Respiro Familiar
vendrán obligadas a consentir la transmisión de sus datos a las entidades
prestadoras de servicios para la tramitación y el pago de la ayuda, sin perjuicio
del ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del
tratamiento, portabilidad y oposición reconocidos en los artículos 15 a 22 del
Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de
abril de 2016, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de
5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales así como en el resto de la demás normativa en la materia aplicable.
10. - FINANCIACIÓN DEL PROGRAMA SERVICIO RESPIRO FAMILIAR
La financiación del Programa Servicio Respiro Familiar a personas cuidadoras
habituales no profesionales se realizará mediante la colaboración financiera de Junta de
Extremadura, a través de los Programas de Colaboración Económica Municipal.
Mancomunidad Comarca de Trujillo
CALLE Fray Jerónimo de Loaisa 46, TRUJILLO. 10200 (Cáceres). Tfno. 927323315. Fax:
Cód.
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Martes, 1 de julio de 2025
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