Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Comarca de Trujillo. (BOP-2025-3347)
BOP-2025-3347 Bases reguladoras para la convocatoria de ayudas económicas del programa de colaboración económica municipal del servicio respiro familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales.
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Mancomunidad Comarca de Trujillo
Social.
e) Alta de terceros.
7. - FORMA DE PAGO Y JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA
1. Recibida la solicitud y la documentación requerida, la mancomunidad podrá
realizar cuantas actuaciones estime necesarias para la comprobación del cumplimiento
de los requisitos, quedando obligado el solicitante, en su caso, a la aportación de la
documentación que sea necesaria para su constatación.
2. Una vez recaída resolución favorable, el abono de la ayuda de respiro familiar,
se realizará directamente a la persona beneficiaria previa presentación de las facturas
acreditativas del gasto, siempre que su fecha de emisión corresponda a fecha posterior al
1 de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025, y se trate de gastos
subvencionables de acuerdo con la base subvencionables de acuerdo con la Base 3 de la
presente convocatoria.
La acreditación del gasto y pago realizados se efectuará mediante los originales o las
copias compulsadas de las facturas, en las que se incluirán los datos básicos de la
persona física o jurídica emisora, incluido el NIF o DNI/NIE, el detalle de los conceptos de
gasto final, siendo estos: tipo de servicio prestado, horas contratadas y cuantía
correspondiente de los mismos, detallando en su caso, la parte correspondiente al IVA. La
factura deberá contener el sello o cualquier signo distintivo del pago de la empresa
prestadora del servicio.
En las facturas justificativas del gasto deberá figurar identificada la persona dependiente
y/o con discapacidad beneficiaria del servicio y el número de horas y/o días durante los
cuales se ha prestado el mismo, dichas facturas irán a nombra e de la persona
beneficiaria del programa.
3. En relación con la justificación de los pagos correspondientes a los gastos
realizados, se justificarán mediante una transferencia bancaria, adjuntando copia del
resguardo del cargo de esta, debiendo figurar en el concepto de la transferencia el
número de factura o, en defecto de ésta, el concepto abonado.
8. - NOTIFICACION Y RECURSOS
La resolución de concesión será notificada personalmente a la persona interesada,
en la forma establecida en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
Octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas y contra la misma
Mancomunidad Comarca de Trujillo
CALLE Fray Jerónimo de Loaisa 46, TRUJILLO. 10200 (Cáceres). Tfno. 927323315. Fax:
Cód.
Validación:
3ZEWTXJEHAG7T627FL9EFJC76
Verificación:
https://comarcatrujillo.sedelectronica.es/
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electrónicamente
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Martes, 1 de julio de 2025
N.º 0123
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