Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Comarca de Trujillo. (BOP-2025-3347)
BOP-2025-3347 Bases reguladoras para la convocatoria de ayudas económicas del programa de colaboración económica municipal del servicio respiro familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales.
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Mancomunidad Comarca de Trujillo
— 40 euros diarios para el servicio de día o nocturno.
Las estancias se contratarán con centros que cuenten con la correspondiente
acreditación.
5.- TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES, PROCEDIMIENTO A SEGUIR Y
RESOLUCIÓN.
1. La solicitud se ajustará al modelo que será facilitado por los Ayuntamientos de
las localidades pertenecientes a la Mancomunidad Comarca Trujillo, a excepción de la
localidad de Trujillo, por los Servicios Sociales de Atención Social Básica de dichas
localidades y que figura como Anexo I de las presentes Bases y acompañada de la
documentación que se especifica en dicho anexo y se dirigirán al Presidente de la
Mancomunidad Comarca Trujillo.
2. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las ayudas
corresponde a los Servicios Sociales de Atención Social Básica de cada localidad,
realizaran cuantas actuaciones estimen oportunas para la comprobación del
cumplimiento de los requisitos, requiriendo a la persona solicitante en su caso la
aportación de la documentación que sea necesaria para su constatación, y serán quienes
formularán propuesta de resolución estimatoria o denegatoria de las ayudas según se
cumplan o no todos los requisitos establecidos para la concesión de éstas. En todo caso,
la concesión de las ayudas estará condicionada y supeditada a la existencia de crédito
presupuestario disponible y suficiente y a la financiación de las ayudas por parte de la
Junta de Extremadura.
3. Las solicitudes se presentarán en el registro de la Mancomunidad o en las
demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2025 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se dirigirán al
presidente de la Mancomunidad Comarca de Trujillo.
4. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará desde el siguiente a la
publicación en la Sede electrónica de la Mancomunidad Comarca Trujillo de las presentas
bases de convocatoria y finalizará el 31 de diciembre de 2025, salvo agotamiento del
crédito existente para estas ayudas, en cuyo plazo el plazo finalizará una vez agotado
dicho crédito.
5. Si la solicitud adoleciera de algún defecto o no fuera acompañada de algún
documento exigido, se requerirá a la persona interesada para que en plazo de diez días
Mancomunidad Comarca de Trujillo
CALLE Fray Jerónimo de Loaisa 46, TRUJILLO. 10200 (Cáceres). Tfno. 927323315. Fax:
Cód.
Validación:
3ZEWTXJEHAG7T627FL9EFJC76
Verificación:
https://comarcatrujillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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7
de
15
CVE:
BOP-2025-3347
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de julio de 2025
N.º 0123
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— 40 euros diarios para el servicio de día o nocturno.
Las estancias se contratarán con centros que cuenten con la correspondiente
acreditación.
5.- TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES, PROCEDIMIENTO A SEGUIR Y
RESOLUCIÓN.
1. La solicitud se ajustará al modelo que será facilitado por los Ayuntamientos de
las localidades pertenecientes a la Mancomunidad Comarca Trujillo, a excepción de la
localidad de Trujillo, por los Servicios Sociales de Atención Social Básica de dichas
localidades y que figura como Anexo I de las presentes Bases y acompañada de la
documentación que se especifica en dicho anexo y se dirigirán al Presidente de la
Mancomunidad Comarca Trujillo.
2. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las ayudas
corresponde a los Servicios Sociales de Atención Social Básica de cada localidad,
realizaran cuantas actuaciones estimen oportunas para la comprobación del
cumplimiento de los requisitos, requiriendo a la persona solicitante en su caso la
aportación de la documentación que sea necesaria para su constatación, y serán quienes
formularán propuesta de resolución estimatoria o denegatoria de las ayudas según se
cumplan o no todos los requisitos establecidos para la concesión de éstas. En todo caso,
la concesión de las ayudas estará condicionada y supeditada a la existencia de crédito
presupuestario disponible y suficiente y a la financiación de las ayudas por parte de la
Junta de Extremadura.
3. Las solicitudes se presentarán en el registro de la Mancomunidad o en las
demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2025 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se dirigirán al
presidente de la Mancomunidad Comarca de Trujillo.
4. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará desde el siguiente a la
publicación en la Sede electrónica de la Mancomunidad Comarca Trujillo de las presentas
bases de convocatoria y finalizará el 31 de diciembre de 2025, salvo agotamiento del
crédito existente para estas ayudas, en cuyo plazo el plazo finalizará una vez agotado
dicho crédito.
5. Si la solicitud adoleciera de algún defecto o no fuera acompañada de algún
documento exigido, se requerirá a la persona interesada para que en plazo de diez días
Mancomunidad Comarca de Trujillo
CALLE Fray Jerónimo de Loaisa 46, TRUJILLO. 10200 (Cáceres). Tfno. 927323315. Fax:
Cód.
Validación:
3ZEWTXJEHAG7T627FL9EFJC76
Verificación:
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electrónicamente
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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