Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barrado. (BOP-2025-3395)
BOP-2025-3395 Ordenanza municipal reguladora de la prestación del servicio de ayuda a domicilio.
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El Pleno de esta Entidad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.d) de la Ley 7/1985, de
2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, previa deliberación en relación con
artículo 47 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el
Real Decreto Legislativo, de 5 de marzo, por unanimidad de los concejales presentes, que
supone la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación,
ACUERDA
PRIMERO. Aprobar definitivamente la Ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Público por
prestación del servicio de ayuda a domicilio por parte del Ayuntamiento de Barrado, con la
redacción que se detalla a continuación: “ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO".
Se adjunta en ANEXO.
SEGUNDO. El acuerdo de aprobación definitiva o, en su caso, el acuerdo de aprobación inicial
elevado automáticamente a aquella categoría, junto con el texto de la Ordenanza General, se
publique en el Boletín Oficial de la Provincia a efectos informativos. Asimismo, estará a
disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de esta entidad:
http://barrado.sedelectronica.es
TERCERO. Que el acuerdo y el texto de la Ordenanza General se comunique a las
Administraciones del Estado y de la Comunidad Autónoma dentro del plazo de los seis días
siguientes a su aprobación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 196.3 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Se hace constar que, de conformidad con el artículo 206 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, se expide certificado antes de ser aprobada el acta donde se
contiene el mismo.
Y para que así conste, expido el presente certificado de orden y con el visto bueno de la Sra.
Alcaldesa-Presidenta.
Barrado, 30 de junio de 2025
María Sonia Llorente Fagúndez
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2025-3395
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de julio de 2025
N.º 0125
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