Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carrascalejo. (BOP-2025-3442)
BOP-2025-3442 Convenio de delegación de competencia en materia de disciplina urbanística para municipios de menos de veinte mil habitantes a la Excma Diputación Provincial de Cáceres.
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CUARTO.- Los importes económicos derivados de la imposición de sanciones urbanísticas o
multas coercitivas por parte de la Administración delegada se imputarán a favor de la
Administración delegante. Los requerimientos de pago de las sanciones, tanto en vía voluntaria
como en ejecutiva, así como de los expedientes de multas coercitivas, se cursarán por la
Administración delegada a favor de la Administración delegante a través de su Organismo
Autónomo de Recaudación (OARGT).
Para ello, se delega en la Diputación Provincial de Cáceres, a través de su Organismo
Autónomo de Recaudación (OARGT), la competencia para el ejercicio de las funciones de
gestión, recaudación e inspección de los importes económicos derivados de la imposición de
sanciones urbanísticas o multas coercitivas, tanto en vía voluntaria como en ejecutiva.
Asimismo, para hacer efectiva la aportación económica por sanciones o multas coercitivas
derivadas de las infracciones urbanísticas, se autoriza a la Diputación Provincial para practicar
a través del Organismo Autónomo de Recaudación las retenciones y/o compensaciones que
procedan, con cargo a cuantas transferencias o pagos corresponda ordenar a este
Ayuntamiento, por importe equivalente a las obligaciones que se vayan generando a este
Ayuntamiento, por la prestación del servicio encomendado, en virtud de las liquidaciones que le
sean practicadas y una vez sean exigibles en vía administrativa, con expedición de los
oportunos justificantes de la compensación aplicada.
Por último, para el caso de que la sanción fuera recurrida judicialmente, se cederá a la
Diputación Provincial de Cáceres los derechos económicos que se deriven de las costas
judiciales que fueran declaradas a favor del Ayuntamiento.
QUINTO.- La delegación de competencias en materia de disciplina urbanística habilitará a la
Administración delegada para el ejercicio de las potestades propias de la materia mientras no
se produzca la revocación a instancia de cualquiera de las Administraciones y su publicación
correspondiente en el boletín oficial de la provincia.
SEXTO.- Se autoriza a la Alcaldesa para suscribir el correspondiente Convenio de delegación
de la competencia en materia de disciplina urbanística con la Diputación Provincial de Cáceres
para la efectividad de la delegación acordada por el Pleno municipal.
Carrascalejo, 1 de julio de 2025
Sonia Cid Jiménez
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2025-3442
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de julio de 2025
N.º 0126
Pág. 15850
multas coercitivas por parte de la Administración delegada se imputarán a favor de la
Administración delegante. Los requerimientos de pago de las sanciones, tanto en vía voluntaria
como en ejecutiva, así como de los expedientes de multas coercitivas, se cursarán por la
Administración delegada a favor de la Administración delegante a través de su Organismo
Autónomo de Recaudación (OARGT).
Para ello, se delega en la Diputación Provincial de Cáceres, a través de su Organismo
Autónomo de Recaudación (OARGT), la competencia para el ejercicio de las funciones de
gestión, recaudación e inspección de los importes económicos derivados de la imposición de
sanciones urbanísticas o multas coercitivas, tanto en vía voluntaria como en ejecutiva.
Asimismo, para hacer efectiva la aportación económica por sanciones o multas coercitivas
derivadas de las infracciones urbanísticas, se autoriza a la Diputación Provincial para practicar
a través del Organismo Autónomo de Recaudación las retenciones y/o compensaciones que
procedan, con cargo a cuantas transferencias o pagos corresponda ordenar a este
Ayuntamiento, por importe equivalente a las obligaciones que se vayan generando a este
Ayuntamiento, por la prestación del servicio encomendado, en virtud de las liquidaciones que le
sean practicadas y una vez sean exigibles en vía administrativa, con expedición de los
oportunos justificantes de la compensación aplicada.
Por último, para el caso de que la sanción fuera recurrida judicialmente, se cederá a la
Diputación Provincial de Cáceres los derechos económicos que se deriven de las costas
judiciales que fueran declaradas a favor del Ayuntamiento.
QUINTO.- La delegación de competencias en materia de disciplina urbanística habilitará a la
Administración delegada para el ejercicio de las potestades propias de la materia mientras no
se produzca la revocación a instancia de cualquiera de las Administraciones y su publicación
correspondiente en el boletín oficial de la provincia.
SEXTO.- Se autoriza a la Alcaldesa para suscribir el correspondiente Convenio de delegación
de la competencia en materia de disciplina urbanística con la Diputación Provincial de Cáceres
para la efectividad de la delegación acordada por el Pleno municipal.
Carrascalejo, 1 de julio de 2025
Sonia Cid Jiménez
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2025-3442
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de julio de 2025
N.º 0126
Pág. 15850