Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zorita. (BOP-2025-4167)
BOP-2025-4167 Imposición Precio Publico para Espectáculos Públicos.
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ACUERDO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO PARA ESPECTÁCULOS
PÚBLICOS
Ayuntamiento de Zorita Pág. 3 de 5
ARTÍCULO 4. Responsables
En relación con la responsabilidad solidaria y subsidiaria del precio público,
se estará a lo establecido en los artículos 41, 42 y 43, respectivamente, de la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
ARTÍCULO 5. Cuantía.
La cuantía del precio público regulado en este Acuerdo será la cantidad
establecida en cada uno de los apartados de la siguiente tabla:
ESPECTÁCULOS PÚBLICOS ENTRADA CUANTÍA
Conciertos Musicales en Campo Futbol Adulto/Niño
10 euros venta anticipada
12 euros en taquilla el dia del evento
Teatros y plaza de toros Adulto/Niño 5 euros
ARTÍCULO 6. Exenciones y Bonificaciones
Quedan exentos del pago de este precio público:
— Niños menores de 10 años.
ARTÍCULO 7. Devengo
El devengo y la obligación de pago del precio público nacen en el momento
en que se solicita la prestación de cualquiera de los servicios que regulan en este
Acuerdo, esto es, en el momento en que se adquiere la entrada o se solicita la
utilización de equipos o instalaciones.
ARTÍCULO 8. Normas de Gestión
El ingreso del precio público por la prestación de los servicios de
espectáculos, conciertos y actividades análogas, por su propia naturaleza, se
gestiona por el sistema de tique o entradas previas que se soliciten en la taquilla
correspondiente.
CVE:
BOP-2025-4167
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 11 de agosto de 2025
N.º 0152
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