Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-4231)
BOP-2025-4231 Delegaciones de competencias -rectificación-
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Considerando la conveniencia de clarificar todas las delegaciones de la presidencia
efectuadas, durante el presente mandato, en varios diputados.
De conformidad con el artículo 35 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local y el artículo 63 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, que aprueba
el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
he resuelto:
PRIMERO: Delegar las competencias que a continuación se recogen en favor de los siguientes
diputados/as:
I) La Vicepresidencia primera se denominará “de Territorio, Igualdad y Cultura”, y comprenderá
las materias relativas a: cultura, educación, deportes, turismo, reto demográfico, desarrollo
sostenible, igualdad, memoria histórica, política social, así como el C.E.I. “Presidenta Charo
Cordero”.
Se delegan en la “Vicepresidencia primera, de Territorio, Igualdad y Cultura”, ejercida por doña
María Esther Gutiérrez Morán (nombramiento como vicepresidenta primera por resolución de 1
de julio de 2023) las siguientes competencias:
1.- El impulso y dirección política de la gestión de las materias enunciadas (cultura, educación,
deportes, turismo, reto demográfico, desarrollo sostenible, igualdad, política social, memoria
histórica, así como el C.E.I. “Presidenta Charo Cordero”), así como la responsabilidad política
sobre el personal asignado a los correspondientes servicios y unidades administrativas.
2.- La aprobación de todos los expedientes de gastos (y cuantos otros actos administrativos
fueren necesarios) relativos tanto a subvenciones tramitadas por las unidades administrativas
adscritas a esta “Vicepresidencia primera, de Territorio, Igualdad y Cultura”, como a los
certámenes, premios de actividades culturales y deportivas, y aportaciones, que estén dentro
de los créditos gestionados por esta Vicepresidencia primera.
Aclaración primera: esta delegación de competencias comprende también las resoluciones
relativas a nombramientos y a la aprobación de indemnizaciones a jurados, comités u otros
órganos colegiados relacionados con las actividades incluidas en estas delegaciones.
3.- La firma de comunicaciones a los usuarios de las condiciones fijadas para el servicio de
teleasistencia y a las que debe sujetarse dicho servicio según la resolución de concesión.
CVE:
BOP-2025-4231
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 18 de agosto de 2025
N.º 0156
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