Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acebo. (BOP-2025-4232)
BOP-2025-4232 Modificación Delegaciones de Competencias-Áreas
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AYUNTAMIENTO DE ACEBO (CÁCERES)
Plaza Mayor Nº 1; Teléfono: 927141677; Fax: 927141764; NIF: P1000300-B
e-mail: administración@acebo.es alcaldia@acebo.es
En caso de producirse eventuales conflictos de atribuciones por la aplicación de las
delegaciones conferidas, serán resueltos por la Alcaldía Presidencia, previa consulta con los
Concejales de las áreas afectadas y, en su caso, con los Servicios Jurídicos competentes,según
proceda.
TERCERO.- Régimen de suplencias.
En los supuestos de ausencia, vacante o enfermedad del titular de la Concejal/a
Delegado/a, las funciones que hayan sido delegadas se ejercerán directamente por la Alcaldía-
Presidencia, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada
la potestad de avocación en base a la presente Resolución, sin necesidad de nueva resolución
expresa en este sentido.
CUARTO.-Efectuar las Delegaciones genéricas de competencias y atribuciones a favor
de los concejales/as que se indican a continuación:
1.- ÁREA DE ECONOMÍA, HACIENDA, URBANISMO, INDUSTRIA, ENERGÍAS
TRADICIONALES Y RENOVABLES. NUEVAS TECNOLOGÍAS. MEDIO AMBIENTE,
TRABAJO Y EMPLEO. SEGURIDAD. ESTADÍSTICA Y PADRÓN:
PRIMER TENIENTE DE ALCALDE-CONCEJAL DELEGADO DEL ÁREA: DON MIGUEL
ÁNGEL GÓMEZ RODRIGUEZ
1.1.- Economía y Hacienda.
1.1.1.- Coordinación con la secretaría-intervención para el desarrollo de la gestión
económica y presupuestaria de acuerdo con el presupuesto aprobado.
1.1.2.- Disponer gastos dentro de los límites de su competencia.
1.1.3.- Presupuestos anual de ingresos y gastos, tributos.
1.1.4.- Tesorería.
1.1.5.- Control de Ingresos y gastos.
1.1.6.-Gestión con entidades públicas y privadas de los ingresos y gastos.
1.1.7.- Justificación ante las entidades públicas y privadas de los gastos.
1.1.8.- Cuentas claras y trasparentes.
1.1.9.- Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales.
1.1.10.- Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla
aprobados.
1.1.11.- Aprobar las bases de las pruebas para la selección de personal y para los
concursos de provisión de puestos de trabajo y distribución de las retribuciones
complementarias que no sean fijas y periódicas.
1.1.12.- Proponer al Alcalde los contratos de obras, de suministro, de servicios, de
gestión de servicios públicos, de contratos administrativos especiales y privados, cuando
su importe no supere el 10 por cien de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en
cualquier caso, la cuantía de 6 millones de euros, incluidos los de carácter plurianual
cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado
de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos
ordinarios del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.
1.1.13.- Acordar el nombramiento y sanciones del personal, que no sean la separación
del servicio de los funcionarios de la Corporación y el despido de personal laboral.
CVE:
BOP-2025-4232
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 18 de agosto de 2025
N.º 0156
Pág. 19454
Plaza Mayor Nº 1; Teléfono: 927141677; Fax: 927141764; NIF: P1000300-B
e-mail: administración@acebo.es alcaldia@acebo.es
En caso de producirse eventuales conflictos de atribuciones por la aplicación de las
delegaciones conferidas, serán resueltos por la Alcaldía Presidencia, previa consulta con los
Concejales de las áreas afectadas y, en su caso, con los Servicios Jurídicos competentes,según
proceda.
TERCERO.- Régimen de suplencias.
En los supuestos de ausencia, vacante o enfermedad del titular de la Concejal/a
Delegado/a, las funciones que hayan sido delegadas se ejercerán directamente por la Alcaldía-
Presidencia, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada
la potestad de avocación en base a la presente Resolución, sin necesidad de nueva resolución
expresa en este sentido.
CUARTO.-Efectuar las Delegaciones genéricas de competencias y atribuciones a favor
de los concejales/as que se indican a continuación:
1.- ÁREA DE ECONOMÍA, HACIENDA, URBANISMO, INDUSTRIA, ENERGÍAS
TRADICIONALES Y RENOVABLES. NUEVAS TECNOLOGÍAS. MEDIO AMBIENTE,
TRABAJO Y EMPLEO. SEGURIDAD. ESTADÍSTICA Y PADRÓN:
PRIMER TENIENTE DE ALCALDE-CONCEJAL DELEGADO DEL ÁREA: DON MIGUEL
ÁNGEL GÓMEZ RODRIGUEZ
1.1.- Economía y Hacienda.
1.1.1.- Coordinación con la secretaría-intervención para el desarrollo de la gestión
económica y presupuestaria de acuerdo con el presupuesto aprobado.
1.1.2.- Disponer gastos dentro de los límites de su competencia.
1.1.3.- Presupuestos anual de ingresos y gastos, tributos.
1.1.4.- Tesorería.
1.1.5.- Control de Ingresos y gastos.
1.1.6.-Gestión con entidades públicas y privadas de los ingresos y gastos.
1.1.7.- Justificación ante las entidades públicas y privadas de los gastos.
1.1.8.- Cuentas claras y trasparentes.
1.1.9.- Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales.
1.1.10.- Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla
aprobados.
1.1.11.- Aprobar las bases de las pruebas para la selección de personal y para los
concursos de provisión de puestos de trabajo y distribución de las retribuciones
complementarias que no sean fijas y periódicas.
1.1.12.- Proponer al Alcalde los contratos de obras, de suministro, de servicios, de
gestión de servicios públicos, de contratos administrativos especiales y privados, cuando
su importe no supere el 10 por cien de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en
cualquier caso, la cuantía de 6 millones de euros, incluidos los de carácter plurianual
cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado
de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos
ordinarios del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.
1.1.13.- Acordar el nombramiento y sanciones del personal, que no sean la separación
del servicio de los funcionarios de la Corporación y el despido de personal laboral.
CVE:
BOP-2025-4232
Verificable
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Lunes, 18 de agosto de 2025
N.º 0156
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