Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2025-4235)
BOP-2025-4235 Convocatoria de proceso selectivo para la cobertura dos plazas de Agente de Policía Local, por oposición libre.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Firmado por: ANTONIO DIAZ ALIAS - Alcalde Presidente Fecha: 13-08-2025 11:22:06
Código Seguro de Verificación (CSV): DBA8349147B051D2CED011398CB9706C
Comprobación CSV: https://miajadas.eadministracion.es/home/validador/DBA8349147B051D2CED011398CB9706C
Fecha de sellado electrónico: 13-08-2025 11:22:27 Fecha de emisión de esta copia: 14-08-2025 09:45:51
Plaza de España, 10, 10100, Miajadas (Cáceres) / Tfno.: 927 347 000 – Fax: 927 160 546 / https://miajadas.org/
Como funcionarios y funcionarias en prácticas, el alumnado del curso percibirá, por parte
de la respectiva administración, una retribución equivalente al sueldo correspondiente
al grupo de clasificación de la categoría en la que aspiran a ingresar, que se
incrementará, si las prácticas se realizan desempeñando un puesto de trabajo, con las
retribuciones complementarias asignadas a éste.
Para el nombramiento definitivo como personal funcionario de carrera será condición
indispensable que las personas aspirantes, realicen y superen este curso, quedando
anulado el nombramiento en caso contrario. No obstante, y atendiendo a causas
extraordinarias, los y las aspirantes declaradas no aptas, podrán participar en un curso
posterior, oída la Junta de Profesores, y siempre que conste el informe favorable de la
Dirección del Centro y la autorización de la persona titular de la Dirección General
competente en materia de Coordinación de Policías Locales.
Décima. Nombramiento definitivo y toma de posesión.
Una vez finalizado el curso selectivo y el período de prácticas, la titular de la Alcaldía-
Presidencia, a la vista de las personas aspirantes que lo hayan superado, dictará
Resolución nombrando personal funcionario de carrera, publicándose dichos
nombramientos en el Diario Oficial de Extremadura, https://doe.juntaex.es
Los y las aspirantes deberán tomar posesión de sus cargos en el plazo que se
establezca para ello, que como máximo será de quince días. Si no lo hicieran, sin causa
justificada, quedarían anuladas todas las actuaciones entendiéndose, asimismo, que
renuncian a la plaza.
En el indicado plazo, si procede, las personas nombradas deberán ejercitar la opción
prevista en el artículo 10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. A falta de opción en el plazo
señalado, se entenderá que optan por el nuevo puesto, pasando a la situación de
excedencia voluntaria en el que vinieran desempeñando.
En el acto de toma de posesión, el personal funcionario deberá prestar juramento o
promesa de acuerdo con la formula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril,
Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento
en cargos y funciones públicas
Undécima. Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos), los datos personales de las personas aspirantes serán
incorporados a los ficheros automatizados del Ayuntamiento convocante . La finalidad
de dicha inclusión es la de ser utilizados para la gestión del personal en todos sus
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CVE:
BOP-2025-4235
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 18 de agosto de 2025
N.º 0156
Pág. 19480
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Plaza de España, 10, 10100, Miajadas (Cáceres) / Tfno.: 927 347 000 – Fax: 927 160 546 / https://miajadas.org/
Como funcionarios y funcionarias en prácticas, el alumnado del curso percibirá, por parte
de la respectiva administración, una retribución equivalente al sueldo correspondiente
al grupo de clasificación de la categoría en la que aspiran a ingresar, que se
incrementará, si las prácticas se realizan desempeñando un puesto de trabajo, con las
retribuciones complementarias asignadas a éste.
Para el nombramiento definitivo como personal funcionario de carrera será condición
indispensable que las personas aspirantes, realicen y superen este curso, quedando
anulado el nombramiento en caso contrario. No obstante, y atendiendo a causas
extraordinarias, los y las aspirantes declaradas no aptas, podrán participar en un curso
posterior, oída la Junta de Profesores, y siempre que conste el informe favorable de la
Dirección del Centro y la autorización de la persona titular de la Dirección General
competente en materia de Coordinación de Policías Locales.
Décima. Nombramiento definitivo y toma de posesión.
Una vez finalizado el curso selectivo y el período de prácticas, la titular de la Alcaldía-
Presidencia, a la vista de las personas aspirantes que lo hayan superado, dictará
Resolución nombrando personal funcionario de carrera, publicándose dichos
nombramientos en el Diario Oficial de Extremadura, https://doe.juntaex.es
Los y las aspirantes deberán tomar posesión de sus cargos en el plazo que se
establezca para ello, que como máximo será de quince días. Si no lo hicieran, sin causa
justificada, quedarían anuladas todas las actuaciones entendiéndose, asimismo, que
renuncian a la plaza.
En el indicado plazo, si procede, las personas nombradas deberán ejercitar la opción
prevista en el artículo 10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. A falta de opción en el plazo
señalado, se entenderá que optan por el nuevo puesto, pasando a la situación de
excedencia voluntaria en el que vinieran desempeñando.
En el acto de toma de posesión, el personal funcionario deberá prestar juramento o
promesa de acuerdo con la formula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril,
Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento
en cargos y funciones públicas
Undécima. Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos), los datos personales de las personas aspirantes serán
incorporados a los ficheros automatizados del Ayuntamiento convocante . La finalidad
de dicha inclusión es la de ser utilizados para la gestión del personal en todos sus
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Pág. 19480