Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Real Federación Española de Voleibol. Estatutos. (BOE-A-2025-8779)
Resolución de 21 de abril de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Voleibol.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106

Viernes 2 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 59731

competencias, que, así como su régimen de funcionamiento y composición, estarán
definidas reglamentariamente.
Sección II.

Comisión de Igualdad

Artículo 40.
La Comisión de Igualdad de la RFEVB se encargará, entre otras funciones que
puedan atribuírsele, de gestionar las incidencias producidas en su seno relativas a
discriminación por razón de sexo, orientación o identidad sexuales, así como de orientar
a deportistas y personal de la RFEVB en la prevención y detección de estas situaciones.
Sección III.

Comisión de Deporte de Personas con Discapacidad

Artículo 41.
La Comisión de Deporte de Personas con discapacidad de la RFEVB se encargará,
entre otras funciones que puedan atribuírsele, de gestionar las incidencias producidas en
su seno relativas a discriminación por razón de discapacidad, de orientar a deportistas y
personal de la RFEVB en la prevención y detección de estas situaciones y de promover
la práctica del Voleibol y sus especialidades deportivas reconocidas entre las personas
con discapacidad, preferentemente con un enfoque inclusivo.
CAPÍTULO VII
Órganos técnicos
Sección I.

El Comité Técnico Nacional de Árbitros

Artículo 42.
1. El Comité Técnico Nacional de Árbitros (en adelante, CTNA) es el órgano técnico
de la RFEVB que se ocupa del gobierno y administración del colectivo arbitral.
2. Son funciones de CTNA:

3. La Presidencia del CTNA recaerá en la persona que designe el Presidente de la
RFEVB.
4. La composición y el régimen de funcionamiento del CTNA se determinarán
reglamentariamente.
Sección II. El Comité Técnico Nacional de Entrenadores
Artículo 43.
1. El Comité Técnico Nacional de Entrenadores (en adelante, CTNE) es el órgano
técnico de la RFEVB que se ocupa del gobierno y administración del colectivo de los
entrenadores y auxiliares.

cve: BOE-A-2025-8779
Verificable en https://www.boe.es

a) Establecer los niveles de formación arbitral.
b) Proponer la clasificación técnica a los árbitros.
c) Designar a los árbitros para las competiciones de ámbito estatal.
d) Proponer los candidatos a árbitros internacionales.
e) Proponer las normas administrativas reguladoras del arbitraje.
f) Coordinar con las federaciones autonómicas aspectos relacionados con la
formación y designación arbitral.
g) Cualquier otra encomendada por los órganos de gobierno de la RFEVB o que
reglamentariamente se establezca.