Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-8879)
Resolución de 25 de abril de 2025, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Básica de Prevención y Salud Laboral.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 60068
medio si se juzga conveniente, con veinticuatro horas, al menos, de antelación del
comienzo de los mismos.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
en la presente convocatoria, previa audiencia de la misma, deberá proponer su exclusión
al Rector de la Universidad de Granada, comunicándole asimismo las inexactitudes o
falsedades formuladas en la solicitud de admisión al proceso selectivo, a los efectos
procedentes.
Contra la exclusión, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el
Rector o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo.
6.6 Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba (publicación de la relación
definitiva de personas aspirantes que han superado el ejercicio o prueba) hasta el
comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de tres días hábiles.
6.7 Tras la publicación de la relación definitiva de aspirantes que han superado
cada uno de los ejercicios de la fase de oposición en la forma prevista en el anexo II, el
Tribunal hará pública en el sitio web del Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de
Administración y Servicios de la Universidad de Granada (http://serviciopas.ugr.es), la
relación definitiva de aspirantes que han superado la fase de oposición. Las personas
aspirantes que no se hallen incluidas en la relación definitiva de aspirantes que han
superado la fase de oposición tendrán la consideración de no aptas a todos los efectos,
siendo excluidas del proceso selectivo.
6.8 Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo
participarán en esta fase aquellas personas aspirantes que hayan superado la fase de
oposición.
Los méritos a valorar se referirán a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes de admisión al proceso selectivo.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a
partir del día siguiente al de publicación de la relación de aspirantes que han superado la
fase de oposición, para presentar mediante el procedimiento «Procesos selectivos
de PTGAS: Entrega de méritos (Fase de concurso)», disponible en la sede electrónica
de la Universidad de Granada (https://sede.ugr.es/procs/Procesos-selectivos-de-PTGASEntrega-de-meritos-Fase-de-concurso), la justificación documental de los méritos que
quieran hacer valer en la fase de concurso o, en su defecto, solicitud expresa para que
se computen los méritos que ya figuren en su expediente en el Servicio de Personal
Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios.
Los méritos no justificados, en el plazo establecido al efecto y mediante el
procedimiento establecido en el párrafo anterior no podrán ser valorados en la fase de
concurso.
En cualquier caso, los méritos que quieran hacerse valer y hayan sido reconocidos u
obtenidos fuera de la Universidad de Granada se acreditarán mediante la documentación
justificativa (en el caso de la prestación de servicios, con expresión de las funciones
concretas que se han desarrollado), expedida por el órgano administrativo competente.
El Tribunal de valoración publicará en el sitio web oficial del Servicio de Personal
Técnico, de Gestión y Administración y Servicios (http://serviciopas.ugr.es) la relación
que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación
de la puntuación obtenida en cada mérito y la total. Las personas aspirantes dispondrán
de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de
dicha relación para efectuar reclamaciones. Finalizado dicho plazo, el Tribunal publicará
la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
6.9 La puntuación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de la
puntuación obtenida en la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.
En caso de empate en la puntuación final, a efectos de determinar las personas
aspirantes que han superado el proceso selectivo, prevalecerá la mayor puntuación
individual en el global de la fase de oposición. Si persistiese el empate, se resolverá
cve: BOE-A-2025-8879
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 108
Lunes 5 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 60068
medio si se juzga conveniente, con veinticuatro horas, al menos, de antelación del
comienzo de los mismos.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
en la presente convocatoria, previa audiencia de la misma, deberá proponer su exclusión
al Rector de la Universidad de Granada, comunicándole asimismo las inexactitudes o
falsedades formuladas en la solicitud de admisión al proceso selectivo, a los efectos
procedentes.
Contra la exclusión, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el
Rector o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo.
6.6 Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba (publicación de la relación
definitiva de personas aspirantes que han superado el ejercicio o prueba) hasta el
comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de tres días hábiles.
6.7 Tras la publicación de la relación definitiva de aspirantes que han superado
cada uno de los ejercicios de la fase de oposición en la forma prevista en el anexo II, el
Tribunal hará pública en el sitio web del Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de
Administración y Servicios de la Universidad de Granada (http://serviciopas.ugr.es), la
relación definitiva de aspirantes que han superado la fase de oposición. Las personas
aspirantes que no se hallen incluidas en la relación definitiva de aspirantes que han
superado la fase de oposición tendrán la consideración de no aptas a todos los efectos,
siendo excluidas del proceso selectivo.
6.8 Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo
participarán en esta fase aquellas personas aspirantes que hayan superado la fase de
oposición.
Los méritos a valorar se referirán a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes de admisión al proceso selectivo.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a
partir del día siguiente al de publicación de la relación de aspirantes que han superado la
fase de oposición, para presentar mediante el procedimiento «Procesos selectivos
de PTGAS: Entrega de méritos (Fase de concurso)», disponible en la sede electrónica
de la Universidad de Granada (https://sede.ugr.es/procs/Procesos-selectivos-de-PTGASEntrega-de-meritos-Fase-de-concurso), la justificación documental de los méritos que
quieran hacer valer en la fase de concurso o, en su defecto, solicitud expresa para que
se computen los méritos que ya figuren en su expediente en el Servicio de Personal
Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios.
Los méritos no justificados, en el plazo establecido al efecto y mediante el
procedimiento establecido en el párrafo anterior no podrán ser valorados en la fase de
concurso.
En cualquier caso, los méritos que quieran hacerse valer y hayan sido reconocidos u
obtenidos fuera de la Universidad de Granada se acreditarán mediante la documentación
justificativa (en el caso de la prestación de servicios, con expresión de las funciones
concretas que se han desarrollado), expedida por el órgano administrativo competente.
El Tribunal de valoración publicará en el sitio web oficial del Servicio de Personal
Técnico, de Gestión y Administración y Servicios (http://serviciopas.ugr.es) la relación
que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación
de la puntuación obtenida en cada mérito y la total. Las personas aspirantes dispondrán
de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de
dicha relación para efectuar reclamaciones. Finalizado dicho plazo, el Tribunal publicará
la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
6.9 La puntuación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de la
puntuación obtenida en la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.
En caso de empate en la puntuación final, a efectos de determinar las personas
aspirantes que han superado el proceso selectivo, prevalecerá la mayor puntuación
individual en el global de la fase de oposición. Si persistiese el empate, se resolverá
cve: BOE-A-2025-8879
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 108