Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-8879)
Resolución de 25 de abril de 2025, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Básica de Prevención y Salud Laboral.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Lunes 5 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 60069
atendiendo a la mayor calificación individual obtenida en cada uno de los ejercicios
según el siguiente orden de prioridad: Primer ejercicio y segundo ejercicio. Si a pesar de
esto se mantuviese el empate, este se dirimirá por orden alfabético comenzando por la
letra indicada en la base 6.2.
7.
Lista de personas seleccionadas
7.1 Concluidas las fases de oposición y concurso, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo de acceso a las plazas
convocadas por orden de puntuación alcanzada. En la citada relación se expresará la
puntuación obtenida en la fase de oposición, desglosando esta última para cada uno de
los ejercicios celebrados y en la fase de concurso. Dichas relaciones serán elevadas al
Rector de la Universidad de Granada como propuesta del Tribunal de valoración a
efectos de lo previsto en la base 8 de esta convocatoria. El número de personas que
superen el proceso selectivo no podrá ser superior al de plazas convocadas siendo nula
de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario.
7.2 Asimismo, al objeto de poder realizar nombramientos de personal funcionario
interino, si así lo requieren las necesidades de la Universidad en sus centros y servicios
de Granada, Ceuta y Melilla, se podrá crear la correspondiente bolsa para el
nombramiento de personal funcionario interino.
8.
Presentación de documentos y nombramiento de personal funcionario
8.1 En el plazo de diez días hábiles a contar desde la publicación en el sitio web del
Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la
Universidad de Granada (http://serviciopas.ugr.es) de las relaciones de personas que
han superado el proceso selectivo a que se refiere la base anterior, quienes figuren en
las mismas, deberán presentar en dicho servicio, los siguientes documentos:
8.2 Respecto al requisito de poseer la capacidad funcional para el desempeño de
las tareas, el Servicio de Salud y Prevención de la Universidad de Granada emitirá
certificado médico acreditativo de no tener enfermedad ni defecto físico que imposibiliten
para el servicio. Para ello, las personas seleccionadas serán debidamente citadas.
8.3 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en el apartado 8.1., podrá acreditarse que se reúnen las condiciones
exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
8.4 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentaran la documentación o, del examen de la misma se dedujera que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados personal
funcionario de carrera y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.5 Por la autoridad convocante, vista la propuesta del Tribunal de valoración, se
procederá al nombramiento de personal funcionario de carrera, mediante resolución que
se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
cve: BOE-A-2025-8879
Verificable en https://www.boe.es
a) Original del título, o documento acreditativo suficiente, exigido en la base 2.1.e y
el de cualquier otro título o formación exigido específicamente en la convocatoria al
objeto de realizar una copia auténtica.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado o separada, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de
los organismos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial para el acceso a cuerpos o escalas de personal funcionario, según
modelo que se facilitará en el Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de
Administración y Servicios de la Universidad de Granada.
Núm. 108
Lunes 5 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 60069
atendiendo a la mayor calificación individual obtenida en cada uno de los ejercicios
según el siguiente orden de prioridad: Primer ejercicio y segundo ejercicio. Si a pesar de
esto se mantuviese el empate, este se dirimirá por orden alfabético comenzando por la
letra indicada en la base 6.2.
7.
Lista de personas seleccionadas
7.1 Concluidas las fases de oposición y concurso, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo de acceso a las plazas
convocadas por orden de puntuación alcanzada. En la citada relación se expresará la
puntuación obtenida en la fase de oposición, desglosando esta última para cada uno de
los ejercicios celebrados y en la fase de concurso. Dichas relaciones serán elevadas al
Rector de la Universidad de Granada como propuesta del Tribunal de valoración a
efectos de lo previsto en la base 8 de esta convocatoria. El número de personas que
superen el proceso selectivo no podrá ser superior al de plazas convocadas siendo nula
de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario.
7.2 Asimismo, al objeto de poder realizar nombramientos de personal funcionario
interino, si así lo requieren las necesidades de la Universidad en sus centros y servicios
de Granada, Ceuta y Melilla, se podrá crear la correspondiente bolsa para el
nombramiento de personal funcionario interino.
8.
Presentación de documentos y nombramiento de personal funcionario
8.1 En el plazo de diez días hábiles a contar desde la publicación en el sitio web del
Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la
Universidad de Granada (http://serviciopas.ugr.es) de las relaciones de personas que
han superado el proceso selectivo a que se refiere la base anterior, quienes figuren en
las mismas, deberán presentar en dicho servicio, los siguientes documentos:
8.2 Respecto al requisito de poseer la capacidad funcional para el desempeño de
las tareas, el Servicio de Salud y Prevención de la Universidad de Granada emitirá
certificado médico acreditativo de no tener enfermedad ni defecto físico que imposibiliten
para el servicio. Para ello, las personas seleccionadas serán debidamente citadas.
8.3 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en el apartado 8.1., podrá acreditarse que se reúnen las condiciones
exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
8.4 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentaran la documentación o, del examen de la misma se dedujera que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados personal
funcionario de carrera y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.5 Por la autoridad convocante, vista la propuesta del Tribunal de valoración, se
procederá al nombramiento de personal funcionario de carrera, mediante resolución que
se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
cve: BOE-A-2025-8879
Verificable en https://www.boe.es
a) Original del título, o documento acreditativo suficiente, exigido en la base 2.1.e y
el de cualquier otro título o formación exigido específicamente en la convocatoria al
objeto de realizar una copia auténtica.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado o separada, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de
los organismos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial para el acceso a cuerpos o escalas de personal funcionario, según
modelo que se facilitará en el Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de
Administración y Servicios de la Universidad de Granada.