Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2025-8910)
Corrección de errores del Texto enmendado de los Anejos A y B del Acuerdo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2025) con las Enmiendas adoptadas durante la sesión 111.ª, 112.ª, 113.ª, 114.ª y 115.ª del Grupo de trabajo de transportes de mercancías peligrosas de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Sec. I. Pág. 60203
– Páginas 1814 a 1821, Instrucción de transporte en cisternas portátiles T50, título
de la última columna,
Donde dice:
Grado máximo de llenado
Debe decir:
Razón máxima de llenado
– Página 1837, Subsección 4.3.3.6, letra d),
Donde dice:
d) si el equipo de servicio no hubiera sido examinado y comprobado su buen
estado de funcionamiento;
y para gases refrigerados:
Debe decir:
d) si el equipo de servicio no hubiera sido examinado y comprobado su buen
estado de funcionamiento;
y para gases licuados refrigerados:
– Página 1888, Apartado 5.4.1.1.6.2.1 letra b)
Donde dice: ….»CON RESIDUOS DE…»
Debe decir: ….. CON RESTOS DE…»
Donde dice: ….»EMBALAJES VACIOS CON RESIDUOS DE 3,6.1,8.»
Debe decir: ….. EMBALAJES VACIOS CON RESTOS DE 3,6.1,8.»
Página 1890, Apartado 5.4.1.1.19
Donde dice: ….»CON RESIDUOS DE…»
Debe decir: ….. CON RESTOS DE…»
Donde dice: ….»UN 3509 EMBALAJES DESECHADOS VACIOS SIN LIMPIAR (CON
RESIDUOS DE 3,4.1,6.1)…»
Debe decir: ….. UN 3509 EMBALAJES DESECHADOS VACIOS SIN LIMPIAR (CON
RESTOS DE 3,4.1,6.1)
– Página 1894, segundo párrafo, última frase de la letra h),
Donde dice:
Si hubiera que retirar bultos del sobreembalaje o del contenedor en un punto de
descarga intermedio, habrá que suministrar las cartas de porte pertinentes;
Debe decir:
– Página 1894, Subsección 5.4.1.2.5.2, primera frase,
Donde dice:
El expedidor deberá unir a las cartas de porte una declaración relativa a las medidas
que el transportista tenga que tomar, en su caso.
cve: BOE-A-2025-8910
Verificable en https://www.boe.es
Si hubiera que retirar bultos del sobreembalaje o del contenedor en un punto de
descarga intermedio, habrá que suministrar los documentos de porte pertinentes;
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Sec. I. Pág. 60203
– Páginas 1814 a 1821, Instrucción de transporte en cisternas portátiles T50, título
de la última columna,
Donde dice:
Grado máximo de llenado
Debe decir:
Razón máxima de llenado
– Página 1837, Subsección 4.3.3.6, letra d),
Donde dice:
d) si el equipo de servicio no hubiera sido examinado y comprobado su buen
estado de funcionamiento;
y para gases refrigerados:
Debe decir:
d) si el equipo de servicio no hubiera sido examinado y comprobado su buen
estado de funcionamiento;
y para gases licuados refrigerados:
– Página 1888, Apartado 5.4.1.1.6.2.1 letra b)
Donde dice: ….»CON RESIDUOS DE…»
Debe decir: ….. CON RESTOS DE…»
Donde dice: ….»EMBALAJES VACIOS CON RESIDUOS DE 3,6.1,8.»
Debe decir: ….. EMBALAJES VACIOS CON RESTOS DE 3,6.1,8.»
Página 1890, Apartado 5.4.1.1.19
Donde dice: ….»CON RESIDUOS DE…»
Debe decir: ….. CON RESTOS DE…»
Donde dice: ….»UN 3509 EMBALAJES DESECHADOS VACIOS SIN LIMPIAR (CON
RESIDUOS DE 3,4.1,6.1)…»
Debe decir: ….. UN 3509 EMBALAJES DESECHADOS VACIOS SIN LIMPIAR (CON
RESTOS DE 3,4.1,6.1)
– Página 1894, segundo párrafo, última frase de la letra h),
Donde dice:
Si hubiera que retirar bultos del sobreembalaje o del contenedor en un punto de
descarga intermedio, habrá que suministrar las cartas de porte pertinentes;
Debe decir:
– Página 1894, Subsección 5.4.1.2.5.2, primera frase,
Donde dice:
El expedidor deberá unir a las cartas de porte una declaración relativa a las medidas
que el transportista tenga que tomar, en su caso.
cve: BOE-A-2025-8910
Verificable en https://www.boe.es
Si hubiera que retirar bultos del sobreembalaje o del contenedor en un punto de
descarga intermedio, habrá que suministrar los documentos de porte pertinentes;