Comunidad Autónoma de AndalucíaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-16537)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se concede declaración en concreto de utilidad pública del proyecto de ejecución "Sustitución de la línea eléctrica de alta tensión LAT Medina Sidonia - Alcalá de los Gazules 15/20 KV DC. Expediente: AT-13794/18.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112
Viernes 9 de mayo de 2025
Sec. V-B. Pág. 25157
afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su
conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico
procedente, haciendo efectivo su derecho con el resultado que consta en el
expediente:
· Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules.
· Ayuntamiento de Medina Sidonia.
· E-Distribuciones Redes Digitales, S.L.
· Confederación Hidrográfica del Guadalete.
· Telefónica de España S.A.U.
· Enagas, S.A.
· Red Eléctrica de España, S.A.
· Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
Delegación Territorial de Cádiz. Servicio de Carreteras.
· Compañía Logística de Hidrocarburo, S.A.
· Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente. Departamento Vías
Pecuarias
· C.B. ZEDE Arcos.
· C.B. Parralejos.
Existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con
la documentación aportada, así mismo también se manifiesta conformidad con las
alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los
plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el
expediente de referencia.
Desestimar las alegaciones formuladas con fecha 23 de diciembre de 2021 por
don Andrés Gómez Fernández, ya que la sustitución de la línea eléctrica cuenta
con las preceptivas Autorizaciones Administrativas Previas y de Construcción por
parte de la Delegación del Gobierno en Cádiz, mediante Resolución de 16 de
septiembre de 2019 dictada por la Delegación del Gobierno en Cádiz. Es decir, se
han cumplido con todos los trámites reglamentarios de acuerdo con el R.D. 1955/
2000, de 1 de diciembre, relativo a las autorizaciones para la construcción,
modificación, ampliación y explotación de instalaciones eléctricas, no siendo
necesaria la evaluación de impacto ambiental al tratarse de una modificación no
sustancial.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial de la Junta de Andalucía en Cádiz es
cve: BOE-B-2025-16537
Verificable en https://www.boe.es
Sexto. Con respecto a las alegaciones formuladas en el período de información
pública del presente expediente, una vez analizadas todas ellas así como las
contestaciones efectuadas por la entidad beneficiaria a cada una de ellas, procede:
Núm. 112
Viernes 9 de mayo de 2025
Sec. V-B. Pág. 25157
afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su
conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico
procedente, haciendo efectivo su derecho con el resultado que consta en el
expediente:
· Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules.
· Ayuntamiento de Medina Sidonia.
· E-Distribuciones Redes Digitales, S.L.
· Confederación Hidrográfica del Guadalete.
· Telefónica de España S.A.U.
· Enagas, S.A.
· Red Eléctrica de España, S.A.
· Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
Delegación Territorial de Cádiz. Servicio de Carreteras.
· Compañía Logística de Hidrocarburo, S.A.
· Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente. Departamento Vías
Pecuarias
· C.B. ZEDE Arcos.
· C.B. Parralejos.
Existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con
la documentación aportada, así mismo también se manifiesta conformidad con las
alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los
plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el
expediente de referencia.
Desestimar las alegaciones formuladas con fecha 23 de diciembre de 2021 por
don Andrés Gómez Fernández, ya que la sustitución de la línea eléctrica cuenta
con las preceptivas Autorizaciones Administrativas Previas y de Construcción por
parte de la Delegación del Gobierno en Cádiz, mediante Resolución de 16 de
septiembre de 2019 dictada por la Delegación del Gobierno en Cádiz. Es decir, se
han cumplido con todos los trámites reglamentarios de acuerdo con el R.D. 1955/
2000, de 1 de diciembre, relativo a las autorizaciones para la construcción,
modificación, ampliación y explotación de instalaciones eléctricas, no siendo
necesaria la evaluación de impacto ambiental al tratarse de una modificación no
sustancial.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial de la Junta de Andalucía en Cádiz es
cve: BOE-B-2025-16537
Verificable en https://www.boe.es
Sexto. Con respecto a las alegaciones formuladas en el período de información
pública del presente expediente, una vez analizadas todas ellas así como las
contestaciones efectuadas por la entidad beneficiaria a cada una de ellas, procede: